Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2022-3876)
BOP-2022-3876 Aprobación definitiva Reglamento Policía Local.
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REGLAMENTO DE LA POLICÍA LOCAL DE GUADALUPE
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Objeto
Artículo 1.- En el presente documento se regulan las especiales
características que tiene el ejercicio de la función de la Policía Local,
respecto de los/as funcionarios/as de la Administración Local, como así se
recoge en su legislación específica.
Los nuevos requerimientos sociales por parte de la Policía Local de
Guadalupe, exigen una adecuación de estructura, jornadas, horarios y resto
de condiciones laborales, que las partes firmantes acuerdan.
Ámbito
Artículo 2.-El presente Reglamento regulará las condiciones relativas a la
jornada laboral, descansos, vacaciones, uniformidad y todas las
especificaciones de la Administración Local para los/las funcionarios/as de la
Policía Local de Guadalupe, todo ello será de aplicación a los/las miembros
de dicho cuerpo o plantilla que se encuentren en situación activa.
Dicho Reglamento estará sujeto en materia legislativa a los establecido en la
Ley 7/2017 de 1 de agosto, de coordinación de Policías Locales de
Extremadura, Ley 2/86 de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
del Estado y el Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban
las Normas Marco de los/las Policías Locales deExtremadura.
CAPITULO II. JORNADA LABORAL, VACACIONES, PERMISOS Y
LICENCIAS, SERVICIOS EXTRAORDINARIOS
Jornada laboral
Artículo 3.- La jornada de trabajo de los/las miembros de la Policía Local, en
cómputo anual, será la misma que se fije para el resto de los/las
funcionarios/as del Ayuntamiento.
Mencionar que el Consejo de Ministros aprobó en su reunión del día 24 de
febrero de 1995, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior, el convenio
CVE:
BOP-2022-3876
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de agosto de 2022
N.º 0154
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