Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-3834)
BOP-2022-3834 Convenio Colaboración Plan Depura Ayuntamiento Robledillo de Trujillo.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES (MÁSMEDIO) P-1000044F
Edf. Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3, 10.002, Cáceres. 927 255 500 info@masmedio.es
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Esta encomienda de gestión debe formalizarse con la firma del
correspondiente convenio.
Por cuanto antecede, de conformidad con el artículo 11 de la LRJSP, suscriben
el presente Convenio conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Objeto de la encomienda de gestión.
La presente encomienda de gestión tiene por objeto la prestación de los
servicios municipales de gestión, explotación y regulación del servicio de recogida,
tratamiento y depuración de aguas residuales al AYUNTAMIENTO.
Esta encomienda conlleva la gestión, que se realiza al amparo de lo
establecido en los artículos 8 y 11 de la LRJSP, en relación con los artículos 25.2.1,
26 y 57 de la LRBRL, 15.1.b) y 15.6. y 18.2 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía
de la Autonomía municipal de Extremadura, los artículos 152 y 154 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TRLHL, cuyas
competencias gestionará, en encomienda de gestión, con carácter supramunicipal,
el Consorcio MásMedio.
A tal fin, el AYUNTAMIENTO adopta el acuerdo de encomienda de gestión de
la competencia municipal en la parte diferencia del Ciclo Integral del Agua, en la
fase de saneamiento y depuración de aguas residuales, al Consorcio MásMedio al
encontrarse con una organización más idónea en el ámbito provincial, conociendo
los criterios básicos de la prestación de este servicio con tal carácter, y, en
consecuencia, que entiende más beneficioso para los intereses municipales que tal
servicio se presta a través del mismo.
SEGUNDA. - Aceptación de la encomienda de gestión por el Consorcio
“MÁSMEDIO”.
El Consorcio MásMedio al amparo de lo previsto en el artículo 3.4 y 37 de sus
estatutos, acepta la mencionada encomienda de gestión, con arreglo a lo previsto
en el presente Convenio de colaboración.
TERCERA. Ejercicio de las facultades y funciones derivadas de las
competencias propias.
El Consorcio MásMedio se compromete a una correcta y adecuada prestación
del servicio cuya gestión ha sido encomendada, introduciendo las mejoras
CVE:
BOP-2022-3834
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de agosto de 2022
N.º 0152
Pág. 15896
Edf. Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3, 10.002, Cáceres. 927 255 500 info@masmedio.es
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Esta encomienda de gestión debe formalizarse con la firma del
correspondiente convenio.
Por cuanto antecede, de conformidad con el artículo 11 de la LRJSP, suscriben
el presente Convenio conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Objeto de la encomienda de gestión.
La presente encomienda de gestión tiene por objeto la prestación de los
servicios municipales de gestión, explotación y regulación del servicio de recogida,
tratamiento y depuración de aguas residuales al AYUNTAMIENTO.
Esta encomienda conlleva la gestión, que se realiza al amparo de lo
establecido en los artículos 8 y 11 de la LRJSP, en relación con los artículos 25.2.1,
26 y 57 de la LRBRL, 15.1.b) y 15.6. y 18.2 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía
de la Autonomía municipal de Extremadura, los artículos 152 y 154 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TRLHL, cuyas
competencias gestionará, en encomienda de gestión, con carácter supramunicipal,
el Consorcio MásMedio.
A tal fin, el AYUNTAMIENTO adopta el acuerdo de encomienda de gestión de
la competencia municipal en la parte diferencia del Ciclo Integral del Agua, en la
fase de saneamiento y depuración de aguas residuales, al Consorcio MásMedio al
encontrarse con una organización más idónea en el ámbito provincial, conociendo
los criterios básicos de la prestación de este servicio con tal carácter, y, en
consecuencia, que entiende más beneficioso para los intereses municipales que tal
servicio se presta a través del mismo.
SEGUNDA. - Aceptación de la encomienda de gestión por el Consorcio
“MÁSMEDIO”.
El Consorcio MásMedio al amparo de lo previsto en el artículo 3.4 y 37 de sus
estatutos, acepta la mencionada encomienda de gestión, con arreglo a lo previsto
en el presente Convenio de colaboración.
TERCERA. Ejercicio de las facultades y funciones derivadas de las
competencias propias.
El Consorcio MásMedio se compromete a una correcta y adecuada prestación
del servicio cuya gestión ha sido encomendada, introduciendo las mejoras
CVE:
BOP-2022-3834
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de agosto de 2022
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