Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-3834)
BOP-2022-3834 Convenio Colaboración Plan Depura Ayuntamiento Robledillo de Trujillo.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES (MÁSMEDIO) P-1000044F
Edf. Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3, 10.002, Cáceres. 927 255 500 info@masmedio.es
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CUARTA. Seguimiento y control.
Para el impulso y seguimiento del presente convenio, se creará una Comisión de
Seguimiento, que conocerá de las cuestiones relativas al desarrollo del mismo,
resolverá las dudas en su interpretación, solventará las posibles discrepancias que
puedan surgir en su ejecución y elaborará propuestas orientadas a mejorar la
ejecución de las actuaciones previstas en aquél.
La comisión de Seguimiento será la competente para conocer y valorar los
incumplimientos que cualquiera de las partes denuncie, en cuanto a las reciprocas
obligaciones y compromisos que contraen en el mismo, así como para decidir, a la
vista del impacto de esos incumplimientos sobre el interés público, que con él se
persigue, la continuidad de la vigencia de los acuerdos que en el mismo se
contienen o su resolución y valorar, con apoyo de los informes técnicos que se
precisen al efecto, los daños y perjuicios resultantes y su reclamación por las vías
que resulten preceptivas o, en su defecto, se entendieren más oportunas, a quien
hubiere sido declarado incumplidor.
Dicha Comisión estará formada por dos miembros de la Diputación Provincial de
Cáceres, dos miembros del AYUNTAMIENTO y dos miembros del Consorcio
MásMedio. Esta Comisión podrá contar con la asistencia de los técnicos y asesores
que se estimen convenientes. En su primera reunión elegirán a las personas que la
presidan y que levanten actas de sus reuniones.
La citada Comisión ajustará su régimen de organización y funcionamiento al
previsto para los órganos colegiados en la LRJSP.
QUINTA. - Indemnizaciones en caso de resolución anticipada.
Si el AYUNTAMIENTO de forma unilateral estimase conveniente resolver an-
ticipadamente el Convenio, deberá indemnizar al Consorcio MásMedio por los da-
ños y perjuicios ocasionados, incluidos los gastos ocasionados por la construcción
de la EDAR, procediendo a devolver posibles anticipos que pudiera haber recibido
por cualquier concepto, así como los importes de las actuaciones realizadas. Para
ello, los servicios técnicos del Consorcio MásMedio realizarán un informe técnico-
económico que reflejen los perjuicios causados y las indemnizaciones que corres-
pondan, que será trasladado al AYUNTAMIENTO, en trámite de audiencia, para la
formulación de alegaciones por la Entidad Local.
CVE:
BOP-2022-3834
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de agosto de 2022
N.º 0152
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