Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-2990)
BOP-2022-2990 Convenio adhesión Ayuntamiento Salvatierra de Santiago.
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Artículo 20. Publicidad de las sesiones.
1.- Las sesiones de la Junta General serán públicas. No obstante, por razón
del asunto que se discuta o por las personas afectadas por el mismo, la
Presidencia podrá declarar el secreto del asunto.
2.- La asistencia a las sesiones constituye un derecho y un deber de los
miembros del consorcio.
Artículo 21. Mayorías especiales.
Será necesario el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de
miembros de la Junta General del consorcio para la adopción de los siguientes
acuerdos:
a) Propuesta y aprobación de la modificación de estatutos.
b) Aprobación del Reglamento de régimen interno del servicio.
c) Disolución del consorcio.
Artículo 22. Orden del día.
1.- La convocatoria de las sesiones contendrá siempre el correspondiente
orden del día de los asuntos que se vayan a tratar.
2.- En las sesiones extraordinarias no podrán tratarse otros asuntos que los
específicamente señalados en el orden del día. En las sesiones ordinarias
podrán declararse asuntos de urgencia, a propuesta de la Presidencia o a
solicitud de cualquier miembro del consorcio, previa la declaración de la
urgencia por el órgano correspondiente.
Artículo 23. Expedientes y antecedentes de las sesiones.
1.- A partir de la convocatoria, y bajo la custodia del Sr. Secretario o su
Delegado/a, se tendrán a disposición de los Vocales de los órganos colegiados
del consorcio los expedientes y antecedentes de los asuntos que hayan de ser
tratados.
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
17
CVE:
BOP-2022-2990
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de junio de 2022
N.º 0120
Pág. 11541
1.- Las sesiones de la Junta General serán públicas. No obstante, por razón
del asunto que se discuta o por las personas afectadas por el mismo, la
Presidencia podrá declarar el secreto del asunto.
2.- La asistencia a las sesiones constituye un derecho y un deber de los
miembros del consorcio.
Artículo 21. Mayorías especiales.
Será necesario el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de
miembros de la Junta General del consorcio para la adopción de los siguientes
acuerdos:
a) Propuesta y aprobación de la modificación de estatutos.
b) Aprobación del Reglamento de régimen interno del servicio.
c) Disolución del consorcio.
Artículo 22. Orden del día.
1.- La convocatoria de las sesiones contendrá siempre el correspondiente
orden del día de los asuntos que se vayan a tratar.
2.- En las sesiones extraordinarias no podrán tratarse otros asuntos que los
específicamente señalados en el orden del día. En las sesiones ordinarias
podrán declararse asuntos de urgencia, a propuesta de la Presidencia o a
solicitud de cualquier miembro del consorcio, previa la declaración de la
urgencia por el órgano correspondiente.
Artículo 23. Expedientes y antecedentes de las sesiones.
1.- A partir de la convocatoria, y bajo la custodia del Sr. Secretario o su
Delegado/a, se tendrán a disposición de los Vocales de los órganos colegiados
del consorcio los expedientes y antecedentes de los asuntos que hayan de ser
tratados.
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
17
CVE:
BOP-2022-2990
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de junio de 2022
N.º 0120
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