Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-2990)
BOP-2022-2990 Convenio adhesión Ayuntamiento Salvatierra de Santiago.
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d) Organizar y controlar los servicios técnicos y administrativos. Coordinar el
desarrollo de las tareas de gestión y ejecución de las actividades del
consorcio.
e) Dirigir e inspeccionar los servicios y actividades del consorcio, decidiendo
cuanto sea preciso para el más eficaz cumplimiento de las funciones
asignadas.
f) Las demás funciones de gestión que le sean encomendadas o delegadas por
los órganos de gobierno del consorcio.
Artículo 16. Ejercicio de funciones públicas necesarias.
La responsabilidad administrativa del ejercicio de funciones públicas
necesarias de fe pública y asesoramiento legal preceptivo, control y
fiscalización interna de la gestión económico- financiera y presupuestaria, así
como las de contabilidad y tesorería, se ejercerán por funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional de cualquiera de
las entidades consorciadas.
Sin perjuicio de ello, dichos funcionarios podrán delegar las funciones
reservadas anteriores en otros funcionarios públicos debidamente
capacitados, en orden a alcanzar la mejor eficiencia y agilidad en los
procedimientos que se sustancien.
En todo caso, se llevará a cabo una auditoría de las cuentas anuales del
Consorcio que será responsabilidad del órgano de control de la Excma.
Diputación Provincial de Cáceres, con la colaboración y auxilio del Delegado o
Interventor del Consorcio.
Artículo 17. Delegación de competencias.
La Junta General podrá delegar en el Presidente y en el Consejo de
Administración, todas aquellas atribuciones que estime conveniente, salvo las
establecidas en los artículos 14.4 y 21 de los presentes estatutos.
CAPÍTULO III: FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 18. Sesiones de los órganos colegiados del consorcio.
1.- Los órganos colegiados del consorcio celebrarán sesiones de carácter
ordinario, extraordinario y extraordinario de carácter urgente.
2.- Son sesiones ordinarias aquellas cuya periodicidad está preestablecida. A
tales efectos, la Junta General se reunirá con carácter ordinario dos veces al
año.
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
15
CVE:
BOP-2022-2990
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de junio de 2022
N.º 0120
Pág. 11539
desarrollo de las tareas de gestión y ejecución de las actividades del
consorcio.
e) Dirigir e inspeccionar los servicios y actividades del consorcio, decidiendo
cuanto sea preciso para el más eficaz cumplimiento de las funciones
asignadas.
f) Las demás funciones de gestión que le sean encomendadas o delegadas por
los órganos de gobierno del consorcio.
Artículo 16. Ejercicio de funciones públicas necesarias.
La responsabilidad administrativa del ejercicio de funciones públicas
necesarias de fe pública y asesoramiento legal preceptivo, control y
fiscalización interna de la gestión económico- financiera y presupuestaria, así
como las de contabilidad y tesorería, se ejercerán por funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional de cualquiera de
las entidades consorciadas.
Sin perjuicio de ello, dichos funcionarios podrán delegar las funciones
reservadas anteriores en otros funcionarios públicos debidamente
capacitados, en orden a alcanzar la mejor eficiencia y agilidad en los
procedimientos que se sustancien.
En todo caso, se llevará a cabo una auditoría de las cuentas anuales del
Consorcio que será responsabilidad del órgano de control de la Excma.
Diputación Provincial de Cáceres, con la colaboración y auxilio del Delegado o
Interventor del Consorcio.
Artículo 17. Delegación de competencias.
La Junta General podrá delegar en el Presidente y en el Consejo de
Administración, todas aquellas atribuciones que estime conveniente, salvo las
establecidas en los artículos 14.4 y 21 de los presentes estatutos.
CAPÍTULO III: FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 18. Sesiones de los órganos colegiados del consorcio.
1.- Los órganos colegiados del consorcio celebrarán sesiones de carácter
ordinario, extraordinario y extraordinario de carácter urgente.
2.- Son sesiones ordinarias aquellas cuya periodicidad está preestablecida. A
tales efectos, la Junta General se reunirá con carácter ordinario dos veces al
año.
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
15
CVE:
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