Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldea del Cano. (BOP-2022-2961)
BOP-2022-2961 Aprobación definitiva Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Aldea del Cano
ANUNCIO. Aprobación definitiva Impuesto sobre el Incremento del Valor de los
Terrenos.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL
VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA
Artículo 1.- Fundamentación legal.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, se establece el
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos, que se regirá por lo dispuesto en los
artículos 104 a 110 de dicha Ley y por las normas de la presente Ordenanza
Artículo 2.- Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible del impuesto el incremento de valor que experimenten los
terrenos de naturaleza urbana situados en el término municipal de Aldea del Cano y que se
ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de su propiedad por cualquier título o de
la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, sobre los
referidos terrenos.
2. El título a que se refiere el apartado anterior será todo hecho, acto o contrato, cualquiera que
sea su forma, que origine un cambio del/la sujeto titular de las facultades dominicales de
disposición o aprovechamiento sobre un terreno, tenga lugar por ministerio de la Ley, por actos
mortis causa o inter vivos, a título oneroso o gratuito.
3. Está sujeto al impuesto el incremento de valor que experimenten los terrenos que deban
tener la consideración de urbanos a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, con
independencia de que estén o no contemplados como tales en el Catastro o en el Padrón de
aquél. Estará asimismo sujeto el incremento de valor que experimenten los terrenos en los
bienes inmuebles clasificados como de características especiales al efecto del Impuesto sobre
Bienes Inmuebles
CVE:
BOP-2022-2961
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de junio de 2022
N.º 0119
Pág. 11286
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Aldea del Cano
ANUNCIO. Aprobación definitiva Impuesto sobre el Incremento del Valor de los
Terrenos.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL
VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA
Artículo 1.- Fundamentación legal.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, se establece el
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos, que se regirá por lo dispuesto en los
artículos 104 a 110 de dicha Ley y por las normas de la presente Ordenanza
Artículo 2.- Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible del impuesto el incremento de valor que experimenten los
terrenos de naturaleza urbana situados en el término municipal de Aldea del Cano y que se
ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de su propiedad por cualquier título o de
la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, sobre los
referidos terrenos.
2. El título a que se refiere el apartado anterior será todo hecho, acto o contrato, cualquiera que
sea su forma, que origine un cambio del/la sujeto titular de las facultades dominicales de
disposición o aprovechamiento sobre un terreno, tenga lugar por ministerio de la Ley, por actos
mortis causa o inter vivos, a título oneroso o gratuito.
3. Está sujeto al impuesto el incremento de valor que experimenten los terrenos que deban
tener la consideración de urbanos a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, con
independencia de que estén o no contemplados como tales en el Catastro o en el Padrón de
aquél. Estará asimismo sujeto el incremento de valor que experimenten los terrenos en los
bienes inmuebles clasificados como de características especiales al efecto del Impuesto sobre
Bienes Inmuebles
CVE:
BOP-2022-2961
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de junio de 2022
N.º 0119
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