Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2022-1686)
BOP-2022-1686 EXTRACTO. Convocatoria de Ayudas Suministros Mínimos Vitales, ejercicio 2022.
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ayuda para suministros mínimos vitales.
La concesión de estas ayudas para suministros mínimos vitales, se efectuarán con cargo al
Programa de Colaboración Económica Municipal para Suministros Mínimos Vitales, en el
marco del Decreto 11/2021, de 17 de marzo, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales
de la Junta de Extremadura, ampliado por la Resolución de 28 de enero de 2022, del
Vicepresidente Segundo y Consejero, por el que se ordena la publicación en el DOE. del
Acuerdo del 26 de enero de 2022, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el
que se aprueba el Programa de colaboración económica municipal para suministros mínimos
vitales de 2022.
TERCERO: BASES REGULADORAS.
Las mencionadas bases completas podrán consultarse en la sede electrónica, Tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es.
CUARTO: CUANTÍA.
La cuantía destinada a atender estas subvenciones asciende a un importe total de 53.300,00
Euros del vigente presupuesto municipal, con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria
15.231A.480.
QUINTO: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
El plazo de presentación de solicitudes, permanecerá abierto desde el siguiente día de la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta el día 7
de noviembre de 2022, siempre y cuando exista subvención disponible para tal fin.
Las solicitudes, se ajustarán al modelo que será facilitado en el Ayuntamiento o en los
Servicios Sociales del mismo (Centro Municipal de Servicios Sociales) y que figura como
Anexo I de las bases de la convocatoria en el marco del Decreto 11/2021, de 17 de marzo.
SEXTO: OTROS DATOS.
Con carácter previo al abono de la ayuda concedida, las personas solicitantes justificarán
mediante la aportación de las facturas correspondientes y que no hayan sido abonadas con
anterioridad. Una vez recaída resolución favorable, el abono de la ayuda para suministros
mínimos vitales, se realizará directamente en el número de la cuenta que el/a solicitante haya
facilitado al efecto, debiendo abonar este, la deuda contraída. Posteriormente deberá presentar
CVE:
BOP-2022-1686
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de abril de 2022
N.º 0072
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