Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cachorrilla. (BOP-2022-1665)
BOP-2022-1665 Aprobación definitiva del Reglamento del Centro de Día.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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b) Se reunirá una vez al año en sesión ordinaria, y en sesión extraordinaria cuantas veces sean
necesarias por acuerdo de la Comisión de Seguimiento (consejo de residentes), o a petición de
un 10% de los usuarios.
c) La convocatoria de la asamblea se realizará por el Presidenta del Consejo de Residentes.
10.2 Comisión de Seguimiento o Consejo de Residentes.
Estará formado por:
Presidente/a: Alcalde/sa o Concejal/a delegado/a, responsable del área de servicios sociales
y/o sanidad.
Vocales: un/a representante de los/as usuarios/as elegidos/as entre ellos/as, el/la trabajador/a
social, un/a representante del pleno, y personal de administración que realizará las funciones
de secretario/a.
ARTÍCULO 11.- INFRACCIONES Y SANCIONES.
11.1 Infracciones:
Infracciones Leves:
a) Alterar las normas de convivencia y respeto mutuo creando en el Centro situaciones de
malestar.
b) Utilizar inadecuadamente las instalaciones y medios del Centro o perturbar las actividades
del mismo.
c) Promover y participar en altercados, riñas, peleas de cualquier tipo, con usuarios/as y/o
personal del Centro, siempre que no deriven daños graves a terceros.
d) Falta de respeto a otros usuarios/as o personal del Centro.
Infracciones Graves:
a) La reiteración de tres faltas leves.
b) El deterioro intencionado de las instalaciones o enseres del Centro.
c) La sustracción de objetos propiedad de los/as usuarios/as o de los/as trabajadores/as del
Centro.
CVE:
BOP-2022-1665
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de abril de 2022
N.º 0072
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necesarias por acuerdo de la Comisión de Seguimiento (consejo de residentes), o a petición de
un 10% de los usuarios.
c) La convocatoria de la asamblea se realizará por el Presidenta del Consejo de Residentes.
10.2 Comisión de Seguimiento o Consejo de Residentes.
Estará formado por:
Presidente/a: Alcalde/sa o Concejal/a delegado/a, responsable del área de servicios sociales
y/o sanidad.
Vocales: un/a representante de los/as usuarios/as elegidos/as entre ellos/as, el/la trabajador/a
social, un/a representante del pleno, y personal de administración que realizará las funciones
de secretario/a.
ARTÍCULO 11.- INFRACCIONES Y SANCIONES.
11.1 Infracciones:
Infracciones Leves:
a) Alterar las normas de convivencia y respeto mutuo creando en el Centro situaciones de
malestar.
b) Utilizar inadecuadamente las instalaciones y medios del Centro o perturbar las actividades
del mismo.
c) Promover y participar en altercados, riñas, peleas de cualquier tipo, con usuarios/as y/o
personal del Centro, siempre que no deriven daños graves a terceros.
d) Falta de respeto a otros usuarios/as o personal del Centro.
Infracciones Graves:
a) La reiteración de tres faltas leves.
b) El deterioro intencionado de las instalaciones o enseres del Centro.
c) La sustracción de objetos propiedad de los/as usuarios/as o de los/as trabajadores/as del
Centro.
CVE:
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