Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-792)
BOP-2022-792 Bases Reguladoras y Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a Federaciones deportivas de Extremadura para el fomento del deporte en la Provincia de Cáceres 2022.
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deportivas de la especialidad correspondiente y para el fomento del deporte en la provincia de Cáceres, en el
ejercicio 2022.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Podrán ser objeto de las ayudas las siguientes actividades: el Trofeo, Open, Copa, Encuentro, Campeonato,
etc. Diputación de Cáceres y la organización de actividades deportivas de la especialidad correspondiente
( fomento del deporte).
EXCLUSIONES
Quedan excluidas las Federaciones Deportivas de Extremadura que reciban subvenciones de la Diputación
Provincial de Cáceres, a través de concesión directa con la finalidad de organizar el Trofeo Diputación de
Cáceres y las actividades deportivas de la especialidad correspondiente, en el ejercicio 2022, que estuvieran
contempladas en el Plan Estratégico aprobado por Resolución Presidencial de fecha 18 de enero de 2022.
BASE SEGUNDA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIAY CUANTÍA.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
El presente plan de subvenciones está consignado en el Presupuesto General de la Diputación Provincial de
Cáceres en el ejercicio 2022, en la aplicación 5.3411.48502, dotada con un importe total de 100.000,00 €.
CUANTÍA
Se concederán ayudas hasta un importe máximo de OCHO MIL EUROS, (8.000,00 EUROS).
La cuantía se concederá en función de la puntuación obtenida por las federaciones seleccionadas a
subvencionar.
Las subvenciones concedidas nunca sobrepasarán el importe de la dotación presupuestaria, y el órgano
competente se reserva el derecho a no asignar el importe total de la aplicación si las circunstancias así lo
aconsejaran, motivando la resolución.
Asimismo, el importe de las subvenciones reguladas en las presentes Bases de Convocatoria en ningún caso
podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones concedidas por otras
Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, u otros ingresos o recursos que financien la
actividad, supere los gastos previstos para la realización del proyecto/actividad subvencionable.
BASE TERCERA. RÉGIMEN DE PAGO Y GARANTÍAS.
RÉGIMEN DE PAGO
Las ayudas concedidas a través de la presente Convocatoria tendrán carácter prepagable, esto es, la Diputación
procederá al pago de las mismas, una vez se produzca la concesión definitiva de las ayudas y, con anterioridad
a la presentación de la correspondiente justificación, visto el objeto de la convocatoria y como financiación
necesaria para poder llevar a cabo las actividades/los gastos objeto de subvención, de conformidad con lo
establecido en la Base 41 de las de Ejecución del Presupuesto para el año en curso y en el art. 34.4 de la Ley
38/2003, General de Subvenciones y, en todo caso, siempre que la entidad beneficiaria no tenga cantidades
pendientes de reintegrar relativas a expedientes de subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres.
GARANTÍAS
No será necesaria la constitución de garantía alguna, por la naturaleza del perceptor de la subvención, según lo
establecido en la Base 41, apartado "Garantías y Carácter Prepagable de las Subvenciones", en consonancia
con el art. 10 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres.
CVE:
BOP-2022-792
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 28 de febrero de 2022
N.º 0040
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