Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almoharín. (BOP-2022-767)
BOP-2022-767 Convocatoria y bases plaza de Agente Notificador/a en régimen de interinidad.
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8.5 FINALIZACIÓN DEL PROCESO SELECTIVO. PROPUESTA DE SELECCIÓN.
Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal procederá a hacer pública en el Tablón de Anuncios
de la Corporación y en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, la
relación de aspirantes seleccionados/as, ordenados/as de mayor a menor puntuación final,
debiendo proponer únicamente al/la primer/a aspirante, elevándose dicha PROPUESTA DE
SELECCIÓN a la Alcaldesa del Ayuntamiento de Almoharin a efectos de acordar sus
nombramientos.
9ª. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTOS.
9.1. DOCUMENTACIÓN.
El/la aspirante propuesto/a por el Tribunal para su nombramiento como funcionario/a interino/a
deberá presentar en el Ayuntamiento, en el plazo de cinco días naturales desde la publicación
de la lista de aspirantes aprobados/as, la siguiente documentación:
1) DNI, NIE o pasaporte vigente, original o en fotocopia, o certificación en extracto de la partida
de nacimiento.
2) Titulación, original o en fotocopia, exigida en la base 2.1 d). Si este documento estuviera
expedido después de la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias, deberá
justificarse el momento en que concluyeron sus estudios. En el supuesto de haber invocado un
título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado exigido por la Consejería de
Educación de la Junta de Extremadura correspondiente que acredite dicha equivalencia.
3) Fotocopia compulsada de la tarjeta sanitaria o documento de afiliación a la Seguridad Social.
4) Cumplimentación de declaración por el/la interesado/a de no hallarse incurso/a en causa de
incompatibilidad, ni haber sido despedido/a o separado/a mediante expediente disciplinario del
servicio de ninguna Administración Pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el
caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos, el acceso al empleo público.
5) Informe médico que acredite no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico, que le
impida o sea incompatible con el normal ejercicio de las funciones del cargo.
CVE:
BOP-2022-767
Verificable
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Viernes, 25 de febrero de 2022
N.º 0039
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