Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-760)
BOP-2022-760 Bases convocatoria subvenciones Festivales y Efemérides 2022.
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BASE DECIMOTERCERA. PROCEDIMIENTOS DE REINTEGRO Y DE DEVOLUCIÓN
VOLUNTARIA.
PROCEDIMIENTO DE REINTEGRO.
Si la Diputación Provincial de Cáceres apreciara alguno de los supuestos de reintegro
establecidos en el artículo 21 de la Ordenanza General de Subvenciones y 37 de la LGS,
exigirá al beneficiario las cantidades que correspondan, de acuerdo al procedimiento
establecido en los artículos 41 y 42 de la LGS y 94 y siguientes del RLGS, incluido los
intereses de demora que pudieran corresponderle.
La competencia para acordar el reintegro corresponderá a la Presidencia de la Diputación
Provincial de Cáceres.
CRITERIOS DE GRADUACIÓN DE LOS INCUMPLIMIENTOS.
Cuando el cumplimiento por el beneficiario se aproxime de modo significativo al cumplimiento
total, y se acredite por éste una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus
compromisos, la cantidad a reintegrar vendrá determinada por el número o grado de
incumplimiento de la actividad objeto de subvención, respetando el principio de
proporcionalidad.
En todo caso, se establecen los siguientes criterios para la graduación de los posibles
incumplimientos de las condiciones impuestas con motivo del otorgamiento de la subvención,
con los porcentajes para la determinación del importe a reintegrar en cada caso:
1. Obtención de la subvención falseando u ocultando condiciones. Porcentaje a reintegrar
100%.
2. Incumplimiento total de los fines para los que se presentó la solicitud. Porcentaje a reintegrar
100%.
3. Incumplimiento parcial de los fines para los que se presentó la solicitud.
3.1. En este caso, para determinar el grado de incumplimiento parcial, se considerará que el
cumplimiento por el beneficiario se aproxima significativamente al cumplimiento total, cuando
se haya ejecutado un 50% del proyecto/presupuesto subvencionado. En estos casos procederá
la devolución de la subvención en cuanto a la parte no ejecutada.
3.2. Procederá el reintegro total de la subvención concedida, cuando el proyecto/presupuesto
subvencionado se ejecute en un porcentaje inferior al 50%.
CVE:
BOP-2022-760
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de febrero de 2022
N.º 0039
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