Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-701)
BOP-2022-701 Bases Reguladoras de la convocatoria del Plan de Subvenciones de Acción Social 2022.
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1.‐ Solicitudes y documentación: Para obtener la correspondiente subvención será
necesario presentar la documentación que a continuación se relaciona:
I.‐ Solicitud que se ajustará al formato que figura en el Anexo I firmada por el
representante Legal de la Entidad.
II.‐ Autorización del solicitante para que el Ayuntamiento de Cáceres, a través del Instituto
Municipal de Asuntos Sociales, obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias de
estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Administración General del Estado y con la
Seguridad Social a través de certificados telemáticos (Anexo II). El solicitante podrá denegar
expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces los certificados.
III.‐ Declaración formal según modelo facilitado (Anexo III), manifestando:
a) Que cumple los requisitos para obtener la condición de beneficiario previsto en
el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Las subvenciones solicitadas o percibidas de otras Administraciones Públicas o
Instituciones Públicas o privadas para esa misma finalidad.
IV.‐ Formulario de proyecto de actividades a realizar por la asociación con cargo a la
subvención según modelo normalizado (ANEXO IV) según la documentación adjunta señalada en
dicho formulario.
V. Certificación del Secretario/a de la asociación según modelo normalizado (ANEXO V).
La acreditación de no tener deudas o sanciones tributarias con esta Entidad Local se realizará
de oficio por la misma, conforme establece el artículo 10 de la Ordenanza General de
Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
2.‐ Plazo de presentación: Toda la documentación dirigida a la Concejala de Asuntos
Sociales, Universidad Popular, Educación, Inclusión, Empleo y Accesibilidad del Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres, deberá ser presentado en el Registro del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres, en el plazo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de la
convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Boletín Oficial de la Provincia
de Cáceres. Los interesados podrán examinar el texto íntegro de estas Bases en la página WEB de
la Base de Datos de Subvenciones dependiente de la Intervención General del Estado. En el caso
de que el último día de plazo recayera en sábado, domingo o festivo, el plazo se prorrogará hasta
el siguiente inmediato día hábil.
3.‐ Subsanación de deficiencias: Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la
norma de la convocatoria, se requerirá al interesado para que subsane en el plazo máximo e
improrrogable de diez días hábiles, indicándole que si no lo hiciere se le tendrá por desistido de su
solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la
Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
CVE:
BOP-2022-701
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 21 de febrero de 2022
N.º 0035
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