Sección III - Administración del Estado. Confederaciónes Hidrográficas. Confederación Hidrográfica del Tajo. (BOP-2022-666)
BOP-2022-666 Modificación de características de una concesión. Expediente M-0020/2021.
13 páginas totales
Página
a.
b.
8. El aprovechamiento deberá respetar el régimen de caudales ecológicos que se
establezca en el Plan Hidrológico para la masa de agua superficial afectada por el
mismo.
Si la Confederación Hidrográfica del Tajo identificara incumplimientos de dicho régimen
de caudales ecológicos, o un deterioro del dominio público hidráulico o de sus
ecosistemas asociados, se podrán establecer limitaciones específicas sobre los
caudales y volúmenes del aprovechamiento, en el marco de lo establecido en el artículo
98 del Texto Refundido de la Ley de Aguas.
9. Las obras comenzarán en el plazo de UN MES, a partir del día siguiente de la
notificación de la presente Resolución, y deberán quedar terminadas en el plazo de
SEIS MESES, a partir de la misma fecha.
10. El/a concesionario/a está obligado/a al cumplimiento de la normativa vigente en
materia de seguridad de presas y embalses.
11. El/a titular deberá instalar un elemento específico para limitar el caudal máximo
instantáneo señalado en la concesión, que podrá estar incorporado al propio contador o
ser instalado de forma independiente; en cualquier caso, sin producir afección a la
medición realizada por el contador. Será válido cualquier dispositivo que haga imposible
el aprovechamiento de un caudal instantáneo superior al máximo fijado en el título
habilitante (Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo de 2009).
CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA TOMA SUBSIDIARIA:
1. Esta autorización se limita a permitir la modificación y ejecución de obras en la arqueta de
los desagües de fondo aguas abajo de la presa.
No se autoriza ninguna actuación ni ocupación en ningún otro punto de la presa ni sus zonas
de dominio público pertenecientes a este Organismo.
2. Se tendrán en cuenta en cada una de las actuaciones lo siguiente:
La demolición del pavimento adyacente a la arqueta y la rotura por medios manuales
de los muros de esta arqueta afectados por la ampliación de la misma se realizarán
por personal y maquinaria adecuados a tal efecto, y no se podrá dañar ningún
elemento no previsto en el proyecto, haciéndose cargo el solicitante de la restitución
de todos los elementos a su estado original.
Todo el material resultante de las demoliciones y excavación necesarias para generar
CVE:
BOP-2022-666
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 17 de febrero de 2022
N.º 0033
Pág. 2681