Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Alagón. (BOP-2022-665)
BOP-2022-665 Convocatoria y Bases Selección de una plaza de Trabajador/a Social SSABB 064.
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consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos
23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las
bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y
valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones
que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente
convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el
Tribunal, por mayoría.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente/a y del Secretario/a, o
de quienes, en su caso los sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus componentes, titulares o
suplentes. En ausencia del Presidente le sustituirá el Vocal presente de mayor jerarquía,
antigüedad y edad, por este orden.
Los/as miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando en ellos
se den cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015 de 1 de
octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, así como también cuando hubiesen realizado
tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de la correspondiente convocatoria.
Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos y en la forma establecida en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en las citadas
normas (Ley 39/2015 y Ley 40/2015 de 1 de octubre).
OCTAVA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos.
Los aspirantes, con antelación suficiente a la celebración de los ejercicios, serán informados
por la Presidencia del tribunal sobre las medidas preventivas que pudieran adoptarse frente a
la COVID-19, poniendo de manifiesto que cada aspirante asume y se responsabiliza tanto de
las medidas higiénicas y sanitarias a cumplir, como de los riesgos sanitarios inherentes a las
pruebas, especialmente si es persona de riesgo sensible a complicaciones derivadas de la
COVID-19. La sala o aula en la que la se celebren los ejercicios contará con ventanas o
accesos que permitan una adecuada ventilación de acuerdo con los protocolos sanitarios.
NOVENA. Identificación de los aspirantes.
CVE:
BOP-2022-665
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 17 de febrero de 2022
N.º 0033
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