Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cañamero. (BOP-2022-198)
BOP-2022-198 Bases Selección Contratación Laboral Trabajador/a Social, Servicio Social de Bases Villuercas I.
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DÉCIMA. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS ASPIRANTES SELECCIONADOS.
La persona aspirante propuesta para su contratación estará obligada a presentar, en la
Secretaría General de la Corporación, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir de la
publicación del anuncio de la lista, los documentos acreditativos de las condiciones exigidas en
la base segunda y además la siguiente documentación:
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Certificado médico que acredite la capacidad funcional para el desempeño de las
funciones propias del puesto objeto de contrato.
Justificante de colegiación en el correspondiente Colegio Profesional de Trabajadores
Sociales del Estado español.
Certificado de no haber sido condenado por algún delito contra la libertad e indemnidad
sexual, que incluye la agresión y el abuso sexual y corrupción de menores, así como por
tratas de seres humanos o, en su caso, solicitud autorizando al Ayuntamiento a recabar
de oficio el certificado de delitos sexuales.
Quienes dentro del plazo no presentaren la documentación, o no reunieran los requisitos
exigidos, salvo causas de fuerza mayor, no podrá ser nombrado y quedarían anuladas todas
las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad
en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso el Sr. Alcalde efectuará
el nombramiento a favor del aspirante siguiente que, habiendo superado la totalidad de los
ejercicios de la oposición, tuviera cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia
de la referida anulación.
Si ninguno de los aspirantes reuniere los requisitos exigidos, la plaza quedará vacante,
efectuándose una nueva convocatoria.
UNDÉCIMA. INCIDENCIAS Y RECURSOS.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las
soluciones, criterios o decisiones necesarias para el buen orden de la oposición en aquellos
aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo caso aplicable la normativa relacionada
en la base primera de la presente convocatoria, así como las demás normas concordantes de
general aplicación.
Contra las presentes bases, podrá interponerse, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a su publicación, recurso de reposición ante la Alcaldía, sin perjuicio de que pueda
CVE:
BOP-2022-198
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de enero de 2022
N.º 0012
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