Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2022-196)
BOP-2022-196 Aprobación definitiva Reglamento del servicio de saneamiento y control de vertidos del municipio de Cabezuela del Valle.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE CABEZUELA DEL VALLE
C/ Las Escuelas, 15 - Teléfono 927 47 20 04 - C.P. 10610 - C.I.F.- P-1003600-B
https://cabezueladelvalle.sedelectronica.es
Página 10 de 24
• Cianhídrico (CHN): 10 partes por millón
k) Queda prohibido el vertido a la red de alcantarillado tanto por parte de las
industrias farmacéuticas como de los centros sanitarios o de personas en general,
de aquellos fármacos obsoletos o caducos que, aun no habiendo sido citados de
forma expresa anteriormente, pueden producir graves alteraciones en los sistemas
de depuración correspondientes, aún en pequeñas concentraciones, como por
ejemplo los antibióticos.
l) Sangre procedente del sacrificio de animales producido en mataderos industriales
o municipales.
m) Suero lácteo, producido en industrias queseras o industrias de productos
derivados de la leche.
n) Residuos de origen pecuario.
o) Sólidos o lodos procedentes de sistemas de pretratamiento de vertidos
residuales, sean cual sean sus características.
ARTÍCULO 17. VERTIDOS LIMITADOS.
Queda prohibido verter directa o indirectamente a las redes de alcantarillado,
vertidos con las características o con concentración de contaminantes iguales o
superiores en todo momento a los expresados en la siguiente relación:
Parámetros Valor límite:
Parámetro Unidad Valor límite
pH Ud. pH 6 - 10
Conductividad (a 20 ºC) μS/cm 5000
Temperatura ºC 60
DQO mg/l 1500
DBO5 mg/l 1000
Nitrógeno total mg/l 100
Fósforo total mg/l 40
Sólidos en suspensión mg/l 500
Detergentes mg/l 4
Aceites y grasas mg/l 150
Cloruros mg/l 1500
CVE:
BOP-2022-196
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de enero de 2022
N.º 0012
Pág. 738
C/ Las Escuelas, 15 - Teléfono 927 47 20 04 - C.P. 10610 - C.I.F.- P-1003600-B
https://cabezueladelvalle.sedelectronica.es
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• Cianhídrico (CHN): 10 partes por millón
k) Queda prohibido el vertido a la red de alcantarillado tanto por parte de las
industrias farmacéuticas como de los centros sanitarios o de personas en general,
de aquellos fármacos obsoletos o caducos que, aun no habiendo sido citados de
forma expresa anteriormente, pueden producir graves alteraciones en los sistemas
de depuración correspondientes, aún en pequeñas concentraciones, como por
ejemplo los antibióticos.
l) Sangre procedente del sacrificio de animales producido en mataderos industriales
o municipales.
m) Suero lácteo, producido en industrias queseras o industrias de productos
derivados de la leche.
n) Residuos de origen pecuario.
o) Sólidos o lodos procedentes de sistemas de pretratamiento de vertidos
residuales, sean cual sean sus características.
ARTÍCULO 17. VERTIDOS LIMITADOS.
Queda prohibido verter directa o indirectamente a las redes de alcantarillado,
vertidos con las características o con concentración de contaminantes iguales o
superiores en todo momento a los expresados en la siguiente relación:
Parámetros Valor límite:
Parámetro Unidad Valor límite
pH Ud. pH 6 - 10
Conductividad (a 20 ºC) μS/cm 5000
Temperatura ºC 60
DQO mg/l 1500
DBO5 mg/l 1000
Nitrógeno total mg/l 100
Fósforo total mg/l 40
Sólidos en suspensión mg/l 500
Detergentes mg/l 4
Aceites y grasas mg/l 150
Cloruros mg/l 1500
CVE:
BOP-2022-196
Verificable
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Miércoles, 19 de enero de 2022
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