Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hoyos. (BOP-2022-148)
BOP-2022-148 Aprobación definitiva Ordenanza de Comunicación Ambiental.
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Realizada la tramitación legalmente establecida, en virtud de los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local se propone a la comisión
informativa de asuntos generales, la adopción del siguiente,
ACUERDO.
PRIMERO. Aprobar inicialmente la Ordenanza municipal reguladora del procedimiento y control
de actividades sometidas al régimen de comunicación ambiental municipal, con la redacción
que se recoge en el documento que se adjunta.
SEGUNDO. Someter dicha Ordenanza Municipal Reguladora a información pública y audiencia
de los/as interesados/as, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de
anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días hábiles para que puedan presentar
reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación.
Simultáneamente, publicar el texto de la Ordenanza Municipal Reguladora en el portal web del
Ayuntamiento en la dirección:
http://www.hoyos.es
con el objeto de dar audiencia a los/as ciudadanos/as afectados/as y recabar cuantas
aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.
TERCERO. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se
considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno y el
Acuerdo de aprobación definitiva tácita de la Ordenanza Municipal Reguladora, con el texto
íntegro de la misma, se publicará para su general conocimiento en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia.
Asimismo, estará a disposición de los/as interesados/as en la sede electrónica de este
Ayuntamiento en la:
https://hoyos.sedelectronica.es/transparency.
Además, se remitirá a la Administración del Estado y al Departamento correspondiente de la
Comunidad Autónoma, en el plazo de quince días, la certificación que acredite la elevación a
definitiva de la aprobación inicial, así como copia íntegra autenticada.
CUARTO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos
relacionados con este asunto.”.
CVE:
BOP-2022-148
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 17 de enero de 2022
N.º 0010
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