Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hoyos. (BOP-2022-148)
BOP-2022-148 Aprobación definitiva Ordenanza de Comunicación Ambiental.
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exigencia al/a infractor/a de la reposición de la situación alterada por el mismo a su estado
originario o la retirada de los elementos no autorizados, así como la indemnización de daños y
perjuicios causados.
2. En el caso de que el/a infractor/a no repusiera la situación alterada a su estado originario o
no retirara los elementos no autorizados, el Ayuntamiento procederá a la ejecución subsidiaria
a la que le facultan los artículos 100, 101 y 102 o a la imposición de multas coercitivas
previstas en el artículo 103 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ARTÍCULO 18. RÉGIMEN SUPLETORIO.
En lo no previsto en la presente Ordenanza, se estará a lo dispuesto en la normativa legal y
reglamentaria en materia medioambiental, en la normativa urbanística vigente y en la normativa
reguladora del procedimiento administrativo.
DISPOSICION FINAL ÚNICA.
La presente Ordenanza entrará en vigor a los quince días hábiles de su publicación íntegra en
el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres de conformidad con los artículos 65.2 y 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en
vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Hoyos, 11 de enero de 2022
Oscar Antúnez García
ALCALDE - PRESIDENTE CVE:
BOP-2022-148
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 17 de enero de 2022
N.º 0010
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