Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2022-113)
BOP-2022-113 EXTRACTO. Programa de Subvenciones Microcréditos Reintegrables.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
●
●
●
●
Navalmoral de La Mata.
13. Quedan excluidas las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas
públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general,
entidades sin ánimo de lucro, las empresas concesionarias de servicios públicos y las Uniones
Temporales de Empresas (UTE’s).
2. CRÉDITO PRESUPUESTARIO.
La cuantía destinada a atender estas subvenciones asciende a un importe total de CIEN MIL
euros (100.000,00 €), del vigente presupuesto municipal, con cargo a la aplicación
presupuestaria 22.241A.47901.
3. CONDICIONES Y CUANTÍAS DE LAS AYUDAS MEDIANTE MICROCRÉDITOS.
Tipo de interés: 0%.
Importe de los microcréditos: desde 1.000 € hasta 5.000 €.
Plazo máximo de devolución: 3 años (36 meses).
Amortización: cuotas mensuales.
El/la destinatario/a de las ayudas podrá devolver anticipadamente el importe pendiente y
cancelar total o parcialmente la ayuda reintegrable si lo considera oportuno.
Todos/as los/as destinatarios/as de las ayudas se comprometen a mantener su actividad y
empleados/as hasta la finalización del plazo de amortización o hasta la efectiva cancelación de
la ayuda por haberla reintegrado de manera anticipada.
4. CONDICIONES DE ADHESIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS.
1. Las ayudas serán concedidas con arreglo a los siguientes criterios:
a) La cuantía de la ayuda o microcrédito será fija y de un único importe.
b) La cuantía del microcrédito solicitado deberá encontrarse entre los 1.000 € y los 5.000
€.
c) En cualquier caso, el plazo de amortización es de un máximo de 36 meses.
d) Los plazos, importes y fechas del reintegro de la ayuda mediante microcrédito,
figurarán en el cuadro de amortización que se unirá al documento de declaración de
voluntad expresa que compromete al/a beneficiario/a de las obligaciones de devolución
CVE:
BOP-2022-113
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de enero de 2022
N.º 0008
Pág. 442
●
●
●
Navalmoral de La Mata.
13. Quedan excluidas las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas
públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general,
entidades sin ánimo de lucro, las empresas concesionarias de servicios públicos y las Uniones
Temporales de Empresas (UTE’s).
2. CRÉDITO PRESUPUESTARIO.
La cuantía destinada a atender estas subvenciones asciende a un importe total de CIEN MIL
euros (100.000,00 €), del vigente presupuesto municipal, con cargo a la aplicación
presupuestaria 22.241A.47901.
3. CONDICIONES Y CUANTÍAS DE LAS AYUDAS MEDIANTE MICROCRÉDITOS.
Tipo de interés: 0%.
Importe de los microcréditos: desde 1.000 € hasta 5.000 €.
Plazo máximo de devolución: 3 años (36 meses).
Amortización: cuotas mensuales.
El/la destinatario/a de las ayudas podrá devolver anticipadamente el importe pendiente y
cancelar total o parcialmente la ayuda reintegrable si lo considera oportuno.
Todos/as los/as destinatarios/as de las ayudas se comprometen a mantener su actividad y
empleados/as hasta la finalización del plazo de amortización o hasta la efectiva cancelación de
la ayuda por haberla reintegrado de manera anticipada.
4. CONDICIONES DE ADHESIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS.
1. Las ayudas serán concedidas con arreglo a los siguientes criterios:
a) La cuantía de la ayuda o microcrédito será fija y de un único importe.
b) La cuantía del microcrédito solicitado deberá encontrarse entre los 1.000 € y los 5.000
€.
c) En cualquier caso, el plazo de amortización es de un máximo de 36 meses.
d) Los plazos, importes y fechas del reintegro de la ayuda mediante microcrédito,
figurarán en el cuadro de amortización que se unirá al documento de declaración de
voluntad expresa que compromete al/a beneficiario/a de las obligaciones de devolución
CVE:
BOP-2022-113
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de enero de 2022
N.º 0008
Pág. 442