Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-59)
BOP-2022-59 Encargo realización de trabajos a Tragsatec 22-23.
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Área de Medio Ambiente y Transición Ecológica
Asimismo, más del 80 % de las actividades de TRAGSATEC se lleven a cabo en el
ejercicio de los cometidos que le han sido confiados por los poderes adjudicadores que
hacen los encargos y que lo controlan, o por otras personas jurídicas controladas del
mismo modo por las entidades que hacen los encargos. Además, la totalidad del capital
social de TRAGSA es de titularidad pública, como bien explica el apartado 3º de la D.A.
24ª de la citada Ley 9/2017:
“3. El capital social de TRAGSA será íntegramente de titularidad pública. Las
Comunidades Autónomas, las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, los Cabildos y
Consejos Insulares, las Diputaciones Forales del País Vasco y las Diputaciones
provinciales deberán participar en el capital de esta sociedad mediante la adquisición de
acciones cuya enajenación será autorizada por el Ministerio de Hacienda y Función
Pública a iniciativa del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente. Las Comunidades Autónomas y las demás entidades a que se refiere este
artículo solo podrán enajenar sus participaciones a favor de la Administración General
del Estado o de organismos de derecho público vinculados o dependientes de aquella.”
DÉCIMO. - En CONCLUSIÓN, se informa favorablemente la ejecución de las
prestaciones citadas a través del encargo a TRAGSATEC.
Así, a la vista de cuanto antecede, y visto que por la Sra. Jefa de Servicio del Área
de Medio Ambiente y Transición Ecológica se informa favorablemente el encargo
propuesto a suscribir con TRAGSATEC, visto el informe favorable de Secretaría de fecha
22 de diciembre de 2021 y visto el informe de fiscalización de Intervención, es por lo
que, en virtud de las competencias que me otorga el art. 34 la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local en relación con lo dispuesto en la Disposición
Adicional Segunda de la LCSP, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN:
Primero.- Aprobar el gasto y todo el expediente de encargo a medio propio
personificado del servicio “estudio, evaluación y control del ciclo integral del agua,
residuos y otros servicios ambientales competencia de la Diputación de Cáceres”, con
una duración de 24 meses, a contar desde el 1 de enero de 2022.
Segundo.- Disponer que el servicio “estudio, evaluación y control del ciclo integral
del agua, residuos y otros servicios ambientales competencia de la Diputación de
Cáceres”, se ejecute a través de la filial de TRAGSA (Empresa de Transformación Agraria,
S.A., S.M.E., M.P.), denominada TRAGSATEC (Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A.,
S.M.E., M.P.), con carácter de medio propio personificado con sujeción al proyecto
aprobado en este expediente.
CVE:
BOP-2022-59
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 10 de enero de 2022
N.º 0005
Pág. 280
Asimismo, más del 80 % de las actividades de TRAGSATEC se lleven a cabo en el
ejercicio de los cometidos que le han sido confiados por los poderes adjudicadores que
hacen los encargos y que lo controlan, o por otras personas jurídicas controladas del
mismo modo por las entidades que hacen los encargos. Además, la totalidad del capital
social de TRAGSA es de titularidad pública, como bien explica el apartado 3º de la D.A.
24ª de la citada Ley 9/2017:
“3. El capital social de TRAGSA será íntegramente de titularidad pública. Las
Comunidades Autónomas, las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, los Cabildos y
Consejos Insulares, las Diputaciones Forales del País Vasco y las Diputaciones
provinciales deberán participar en el capital de esta sociedad mediante la adquisición de
acciones cuya enajenación será autorizada por el Ministerio de Hacienda y Función
Pública a iniciativa del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente. Las Comunidades Autónomas y las demás entidades a que se refiere este
artículo solo podrán enajenar sus participaciones a favor de la Administración General
del Estado o de organismos de derecho público vinculados o dependientes de aquella.”
DÉCIMO. - En CONCLUSIÓN, se informa favorablemente la ejecución de las
prestaciones citadas a través del encargo a TRAGSATEC.
Así, a la vista de cuanto antecede, y visto que por la Sra. Jefa de Servicio del Área
de Medio Ambiente y Transición Ecológica se informa favorablemente el encargo
propuesto a suscribir con TRAGSATEC, visto el informe favorable de Secretaría de fecha
22 de diciembre de 2021 y visto el informe de fiscalización de Intervención, es por lo
que, en virtud de las competencias que me otorga el art. 34 la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local en relación con lo dispuesto en la Disposición
Adicional Segunda de la LCSP, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN:
Primero.- Aprobar el gasto y todo el expediente de encargo a medio propio
personificado del servicio “estudio, evaluación y control del ciclo integral del agua,
residuos y otros servicios ambientales competencia de la Diputación de Cáceres”, con
una duración de 24 meses, a contar desde el 1 de enero de 2022.
Segundo.- Disponer que el servicio “estudio, evaluación y control del ciclo integral
del agua, residuos y otros servicios ambientales competencia de la Diputación de
Cáceres”, se ejecute a través de la filial de TRAGSA (Empresa de Transformación Agraria,
S.A., S.M.E., M.P.), denominada TRAGSATEC (Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A.,
S.M.E., M.P.), con carácter de medio propio personificado con sujeción al proyecto
aprobado en este expediente.
CVE:
BOP-2022-59
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 10 de enero de 2022
N.º 0005
Pág. 280