Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-59)
BOP-2022-59 Encargo realización de trabajos a Tragsatec 22-23.
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Área de Medio Ambiente y Transición Ecológica
a través de su Medio Propio Instrumental y Servicio Técnico, Tecnología y Servicios
Agrarios, S.A., S.M.E., M.P., (TRAGSATEC), conforme a lo establecido en la Disposición
Adicional vigésima cuarta de la citada Ley 9/2017.
Dicha actuación no tiene la consideración de entrega de bienes según lo
dispuesto en el artículo 8 de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Por lo
tanto, la formalización del encargo con TRAGSATEC no estaría sujeta al impuesto sobre
el valor añadido.
En lo relativo a los PLAZOS del encargo, según la memoria suscrita, los trabajos
se iniciarán una vez se notifique a TRAGSATEC la orden de formalización del Encargo y,
cuando proceda, la justificación de la publicación de la formalización en los términos
establecidos en el artículo 10 del RD 69/2019 en relación con los artículos 32.6.b y 63.6
de la Ley 9/2017 LCSP. El plazo de ejecución será de 24 meses comenzando su ejecución
el 1 de enero de 2022 y finalizando el 31 de diciembre 2023, pudiendo ser prorrogado
con anterioridad a su vencimiento, por resolución del Área de Medio Ambiente y
Transición Ecológica de la Diputación de Cáceres.
Una vez aprobado el expediente, en el mismo se propone que el control y la
dirección de este Encargo al Área de Medio Ambiente y Transición Ecológica de la
Diputación de Cáceres, que nombrará un Director/a del Encargo, el cual llevará a cabo
las siguientes acciones garantizándose de esta forma un control directo, análogo al que
ostentaría sobre sus propios servicios o unidades: velar por el cumplimiento de todas
las actividades necesarias para la consecución de los objetivos del Encargo; interpretar
las situaciones de controversia que se originen entre las partes; y decidir sobre cualquier
otra función que se haya establecido expresamente en el presente Encargo. Por ello,
recaerá en la Dirección del Encargo la competencia y responsabilidad de ordenar las
actuaciones y acciones a desarrollar en cada momento, en especial verificar que los
trabajos se ejecutan con arreglo a lo establecido en esta Memoria.
SEXTO.- El importe de los trabajo ascienden a la cantidad de 1.042.199,22 euros
que han sido calculados en la forma que se describe en el presupuesto de ejecución del
encargo y conforme a los precios y criterios que se recogen en el Anexo II de la Memoria
adjunta, y según lo establecido en el artículo 11 del RD 69/2019 de 15 de febrero, por el
que se desarrolla el régimen jurídico de TRAGSA y su filial TRAGSATEC.
La justificación de los abonos a realizar se propondrá por TRAGSATEC al Área de
Medio Ambiente, de la siguiente forma: A) Las actividades realizadas directamente por
TRAGSATEC, se acreditarán mediante la realización de informes mensuales que
contendrán los trabajos desarrollados en el mes en cuestión, y mediante la relación
valorada basada en las unidades de tarifa ejecutadas. B) En la factura emitida se
distinguirán las actuaciones realizadas que deberá ser visadas por la Jefa de Servicio de
Medio Ambiente y Transición Ecológica. C) En el caso de actividades contratadas con
terceros por TRAGSATEC, las facturas de las empresas deberán ser emitidas a nombre
CVE:
BOP-2022-59
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 10 de enero de 2022
N.º 0005
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