Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Pérez. (BOP-2022-52)
BOP-2022-52 Convenio de colaboración entre la Diputación Provincial de Cáceres y el Ayuntamiento de Hernán-Pérez, para la prestación del Servicio de recogida de perros vagabundos.
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3.- Servicio de estancia y custodia de los perros: este servicio consistirá en la recepción de los
ingresos de los animales en el Refugio, su custodia, alimentación y cuidados, así como la
gestión material de las instalaciones.
La estructura de costes fijos tiene un peso simbólico, siendo relevantes los costes de personal
y las materias primas.
4.- Servicio de proyección exterior y sensibilización social: este servicio debe tener su
proyección social, contribuyendo a crear una conciencia más solidaria y comprometida con la
naturaleza en la sociedad y, especialmente, en los escolares.
SEXTA.- El Ayuntamiento de Hernán-Pérez se compromete a llevar a la práctica el presente
convenio, adquiriendo el compromiso de colaborar con la Diputación de Cáceres en las
actuaciones precisas y convenientes para la prestación del servicio y, en particular:
a) Designar la persona encargada del acompañamiento y asistencia al personal del
Refugio Provincial de Animales.
b) Proporcionar a la Diputación de Cáceres cuantos documentos sean necesarios o
contribuyan a establecer o mejorar la prestación del servicio, así como la obtención de
los necesarios ante los Organismos competentes. Esta obligación incluye los datos del
registro canino municipal correspondientes a los perros recogidos, de acuerdo con el
Decreto 245/2009, de 27 de noviembre, por el que se regula la identificación, registro y
pasaporte de determinados animales de compañía en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
c) Comunicar a la Diputación de Cáceres la adopción de cualquier decisión municipal
con trascendencia sobre el presente convenio y prestar la protección adecuada y las
ayudas que sean requeridas para la mayor agilidad y eficacia del servicio.
d) El Ayuntamiento autoriza a la Diputación de Cáceres para compensar, a partir del 1
de enero de cada año, la deuda municipal que se pudiera derivar de las obligaciones
contraídas, cuya fecha de pago en voluntaria haya vencido, con cualquiera de las
transferencias de fondos que la Administración General del Estado (incluyendo la
participación municipal en los Tributos del Estado), la Junta de Extremadura o la propia
Diputación Provincial, tenga que realizar a su favor.
SÉPTIMA.- El presente convenio tendrá una duración de VEINTE (20 años) a contar desde su
firma. Si con doce meses de antelación al término del plazo, ninguna de las partes hubiera
notificado a la otra su intención de no prorrogarlo, su vigencia quedará ampliada por otro
CVE:
BOP-2022-52
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de enero de 2022
N.º 0004
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ingresos de los animales en el Refugio, su custodia, alimentación y cuidados, así como la
gestión material de las instalaciones.
La estructura de costes fijos tiene un peso simbólico, siendo relevantes los costes de personal
y las materias primas.
4.- Servicio de proyección exterior y sensibilización social: este servicio debe tener su
proyección social, contribuyendo a crear una conciencia más solidaria y comprometida con la
naturaleza en la sociedad y, especialmente, en los escolares.
SEXTA.- El Ayuntamiento de Hernán-Pérez se compromete a llevar a la práctica el presente
convenio, adquiriendo el compromiso de colaborar con la Diputación de Cáceres en las
actuaciones precisas y convenientes para la prestación del servicio y, en particular:
a) Designar la persona encargada del acompañamiento y asistencia al personal del
Refugio Provincial de Animales.
b) Proporcionar a la Diputación de Cáceres cuantos documentos sean necesarios o
contribuyan a establecer o mejorar la prestación del servicio, así como la obtención de
los necesarios ante los Organismos competentes. Esta obligación incluye los datos del
registro canino municipal correspondientes a los perros recogidos, de acuerdo con el
Decreto 245/2009, de 27 de noviembre, por el que se regula la identificación, registro y
pasaporte de determinados animales de compañía en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
c) Comunicar a la Diputación de Cáceres la adopción de cualquier decisión municipal
con trascendencia sobre el presente convenio y prestar la protección adecuada y las
ayudas que sean requeridas para la mayor agilidad y eficacia del servicio.
d) El Ayuntamiento autoriza a la Diputación de Cáceres para compensar, a partir del 1
de enero de cada año, la deuda municipal que se pudiera derivar de las obligaciones
contraídas, cuya fecha de pago en voluntaria haya vencido, con cualquiera de las
transferencias de fondos que la Administración General del Estado (incluyendo la
participación municipal en los Tributos del Estado), la Junta de Extremadura o la propia
Diputación Provincial, tenga que realizar a su favor.
SÉPTIMA.- El presente convenio tendrá una duración de VEINTE (20 años) a contar desde su
firma. Si con doce meses de antelación al término del plazo, ninguna de las partes hubiera
notificado a la otra su intención de no prorrogarlo, su vigencia quedará ampliada por otro
CVE:
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