Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2022-49)
BOP-2022-49 Información pública del texto inicial del convenio entre la Diputación Provincial de Cáceres, el ayuntamiento de Cedillo y la entidad bancaria Cajalmendralejo para la financiación de los gastos de adecuación del cajero automático del término municipal.
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julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, con la siguiente graduación:
Incumplimiento de la obligación de justificación, tras requerimiento: reintegro total.
●
Vulneración del régimen de incompatibilidad (por percepción de cualquier importe para
la misma finalidad, o por falta de declaración de dicha percepción): reintegro total.
●
Justificación indebida, tras subsanación: reintegro parcial del importe indebidamente
injustificado.
●
El reintegro se efectuará proporcionalmente a la participación de cada una de las partes en la
financiación de las actividades realizadas con cargo al presente convenio, de manera que cada
parte asuma el coste correspondiente en atención a los porcentajes atribuidos por la cláusula
segunda.
SEXTA.- Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio y de los
compromisos adquiridos por las partes firmantes, se establece un órgano de seguimiento
constituido por representantes de las tres instituciones, que velarán por el cumplimiento de los
compromisos establecidos.
Los/as miembros que compondrán esta comisión serán las personas que ostenten:
• La Presidencia de la Diputación de Cáceres, o persona en quien delegue.
• La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Cedillo, o persona en quien delegue.
• La representación, otorgada al efecto, de la Entidad Bancaria Cajalmendralejo.
Para el desarrollo de sus funciones, esta comisión podrá recabar la asistencia técnica e
información de personal técnico de las instituciones que forman parte del convenio, cuando
sea conveniente u oportuno.
La comisión supervisará las justificaciones aportadas por la Entidad Bancaria Cajalmendralejo,
informando al respecto a la Diputación Provincial y al Ayuntamiento.
Corresponde a la comisión de seguimiento la interpretación de cuantas dudas pudieran surgir
durante la aplicación del presente convenio, así como el estudio y dictamen de las propuestas
de modificación del convenio y establecer la forma de terminación de las actuaciones en curso
en el supuesto de extinción del mismo.
CVE:
BOP-2022-49
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de enero de 2022
N.º 0004
Pág. 211
Subvenciones, con la siguiente graduación:
Incumplimiento de la obligación de justificación, tras requerimiento: reintegro total.
●
Vulneración del régimen de incompatibilidad (por percepción de cualquier importe para
la misma finalidad, o por falta de declaración de dicha percepción): reintegro total.
●
Justificación indebida, tras subsanación: reintegro parcial del importe indebidamente
injustificado.
●
El reintegro se efectuará proporcionalmente a la participación de cada una de las partes en la
financiación de las actividades realizadas con cargo al presente convenio, de manera que cada
parte asuma el coste correspondiente en atención a los porcentajes atribuidos por la cláusula
segunda.
SEXTA.- Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio y de los
compromisos adquiridos por las partes firmantes, se establece un órgano de seguimiento
constituido por representantes de las tres instituciones, que velarán por el cumplimiento de los
compromisos establecidos.
Los/as miembros que compondrán esta comisión serán las personas que ostenten:
• La Presidencia de la Diputación de Cáceres, o persona en quien delegue.
• La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Cedillo, o persona en quien delegue.
• La representación, otorgada al efecto, de la Entidad Bancaria Cajalmendralejo.
Para el desarrollo de sus funciones, esta comisión podrá recabar la asistencia técnica e
información de personal técnico de las instituciones que forman parte del convenio, cuando
sea conveniente u oportuno.
La comisión supervisará las justificaciones aportadas por la Entidad Bancaria Cajalmendralejo,
informando al respecto a la Diputación Provincial y al Ayuntamiento.
Corresponde a la comisión de seguimiento la interpretación de cuantas dudas pudieran surgir
durante la aplicación del presente convenio, así como el estudio y dictamen de las propuestas
de modificación del convenio y establecer la forma de terminación de las actuaciones en curso
en el supuesto de extinción del mismo.
CVE:
BOP-2022-49
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de enero de 2022
N.º 0004
Pág. 211