Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2022-47)
BOP-2022-47 Bases convocatoria de la Campaña de Bonos al Consumo en Casar de Cáceres para reactivar la economía social.
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AYUNTAMIENTO DE CASAR DE CÁCERES (CÁCERES)
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UNDÉCIMA.- ESTABLECIMIENTOS PARTICIPANTES EN LA “CAMPAÑA DE
BONOS AL CONSUMO ”. Presentación de solicitudes de adhesión y plazos.
La adhesión deberá solicitarse en el modelo establecido en el Anexo I, el cual
estará igualmente disponible en la página web municipal, así como en la sede
electrónica para su presentación telemática, debiendo acompañar certificado de
titularidad bancaria.
El plazo de presentación de solicitudes de adhesión a la CAMPAÑA DE BONOS AL
CONSUMO será de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la
convocatoria en el Boletín oficial de la Provincia.
DUODÉCIMA. CUANTÍA DE LOS BONOS AL CONSUMO A PERCIBIR POR
CADA ESTABLECIMIENTO COLABORADOR.
La cuantía de Bonos al Consumo a percibir por cada establecimiento colaborador
será el resultado de la suma del total de bonos descontados por el establecimiento
colaborador en el momento de la justificación.
DECIMOTERCERA. DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR LOS
ESTABLECIMIENTOS SOLICITANTES.
Será la siguiente:
a) Solicitud de adhesión firmada por la persona interesada o representante
del solicitante según modelo establecido (Anexo I).
En caso de que la solicitud la realice un representante deberá presentar escrito de
autorización de representación.
b) Declaración responsable firmada por la persona interesada o
representante legal de la persona o entidad solicitante que contendrá el
pronunciamiento expreso sobre las siguientes cuestiones:
 Que la persona solicitante asume el compromiso de acatar el cumplimiento
de esta iniciativa tal y como aparece en estas bases de participación.
 Que acepta ser incluido como establecimiento participante de la CAMPAÑA
DE BONOS AL CONSUMO en los soportes publicitarios de la aplicación:
web's, redes sociales, etc.
 Que asume el compromiso de colaborar con la CAMPAÑA DE BONOS AL
CONSUMO , descontado el importe del bono al consumidor que después le
será abonado por el Ayuntamiento de CASAR DE CÁCERES, una vez
aportados los justificantes requeridos en las presentes bases.
 Que los beneficiarios y establecimientos participantes no están incursos en
las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria y para ser
receptora del pago establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en
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Cód.
Validación:
9A5SD97WN7LPXTC5EC7RX9NZG
|
Verificación:
https://casardecaceres.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2022-47
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de enero de 2022
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