Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2021-5851)
BOP-2021-5851 Aprobación definitiva Ordenanza Reguladora de la Tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y las reservas de Vía Pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Ceclavín
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Reguladora de la Tasa por entradas
de vehículos a través de las aceras y las reservas de Vía Pública para
aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías
de cualquier clase.
No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario acordado inicialmente de fecha 27 de
octubre de 2021 sobre la aprobación de la ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR
ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA
PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DE VEHÍCULOS, CARGA Y
DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER CLASE, cuyo texto íntegro se hace público,
para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO Y HECHO IMPONIBLE.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, en el artículo
106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de
conformidad con lo que recogen los artículos 15 a 19 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas
Locales, este Ayuntamiento acuerda establecer la TASA POR ENTRADAS DE VEHÍCULOS A
TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO
EXCLUSIVO, PARADA DE VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE
CUALQUIER CLASE, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal.
ARTÍCULO 2. SUJETO PASIVO.
Son sujetos pasivos de la tasa regulada en esta Ordenanza, las personas o entidades a cuyo
favor se otorguen las licencias.
CVE:
BOP-2021-5851
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de diciembre de 2021
N.º 0248
Pág. 24695
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Ceclavín
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Reguladora de la Tasa por entradas
de vehículos a través de las aceras y las reservas de Vía Pública para
aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías
de cualquier clase.
No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario acordado inicialmente de fecha 27 de
octubre de 2021 sobre la aprobación de la ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR
ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA
PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DE VEHÍCULOS, CARGA Y
DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER CLASE, cuyo texto íntegro se hace público,
para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO Y HECHO IMPONIBLE.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, en el artículo
106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de
conformidad con lo que recogen los artículos 15 a 19 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas
Locales, este Ayuntamiento acuerda establecer la TASA POR ENTRADAS DE VEHÍCULOS A
TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO
EXCLUSIVO, PARADA DE VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE
CUALQUIER CLASE, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal.
ARTÍCULO 2. SUJETO PASIVO.
Son sujetos pasivos de la tasa regulada en esta Ordenanza, las personas o entidades a cuyo
favor se otorguen las licencias.
CVE:
BOP-2021-5851
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de diciembre de 2021
N.º 0248
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