Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2021-5836)
BOP-2021-5836 Convocatoria de proceso selectivo para la cobertura de una plaza de Técnico/a de Explotación, dentro de un Proceso Especial de Estabilización de Empleo Temporal.
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El abono de los derechos de examen deberá hacerse dentro del plazo de presentación
de solicitudes.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen, supondrá la sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso
selectivo.
CUARTA. ADMISIÓN DE LOS/AS ASPIRANTES.
4.1. Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en
sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Segunda,
referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de
estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes
en la forma prevista en la Base Décima.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia del OARGT dictará
Resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y
excluidos/as.
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en el
Tablón Electrónico de Anuncios, contendrá como anexo único, la relación nominal de
aspirantes excluidos/as con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo
para los de nacionalidad extranjera e indicación de las causas de inadmisión. Asimismo, en
esta Resolución se indicarán el Portal de Contenidos y los lugares en que se encuentren
expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as.
La identificación de los/as interesados/as se realizará cumpliendo con las recomendaciones
previstas en la Orientación para la aplicación provisional de la Disposición Adicional Séptima de
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y
Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) de la AEPD, hasta el momento en el que los
órganos competentes aprueben disposiciones para la aplicación de la mencionada Disposición
Adicional séptima.
En la Resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del
artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, será de diez días. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen
los defectos justificando su derecho a ser admitidos/as, serán definitivamente excluidos/as del
proceso selectivo.
CVE:
BOP-2021-5836
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de diciembre de 2021
N.º 0248
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