Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-5783)
BOP-2021-5783 Catalogación del puesto de trabajo de Docente de Formación para el Empleo.
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Sup: 0 No tiene la responsabilidad de supervisión jerárquica ni funcional de ningún puesto de
trabajo.
A/I/F: 0 El puesto no conlleva la responsabilidad del asesoramiento e implementación de
programas, lo que no es óbice para colaborar en su desarrollo.
R Eq: 6 Tiene la responsabilidad del cuidado de equipos o herramientas de fácil reparación y/o
reposición que están asignadas a su puesto de trabajo.
R Ec: 0 El puesto de trabajo no tiene asignada responsabilidad económica.
CONDICIONES DEL PUESTO DE TRABAJO.
EF: 4 Las tareas encomendadas requieren un esfuerzo físico de grado 1: mínimo.
EM: 75 Las tareas encomendadas requieren un grado de esfuerzo mental de grado 4:
considerable.
EV: 30 Las tareas encomendadas requieren un esfuerzo visual de grado 2: ligeramente mayor
normal.
C Am: 4 Las condiciones ambientales son de grado 1: las tareas se realizan básicamente en
recintos cerrados con buenas condiciones ambientales.
R Pr: 6 El riesgo de daño al realizar las tareas encomendadas se considera de grado 1: escaso
y en todo caso sólo podría ocasionar lesiones leves.
Ded 52 El puesto de trabajo está sometido a una jornada A1: entre el 10% al 15% de jornada
de tarde.”
Dicho acuerdo es definitivo y agota la vía administrativa y contra el mismo se podrá interponer
potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano administrativo que dicta este
acto, en el plazo de UN MES; o bien formular directamente recurso Contencioso Administrativo,
en el plazo de DOS MESES, ante el Juagado de lo Contencioso Administrativo de Cáceres,
recurso este último que no podrá interponerse hasta que sea resuelto, en su caso,
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición
interpuesto; todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124, de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en la propia Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa y demás disposiciones en vigor; sin perjuicio de que puede interponer cuantos
recursos estimen convenientes en defensa de sus derechos.
CVE:
BOP-2021-5783
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
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