Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-5782)
BOP-2021-5782 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M).
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cáceres
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal
Reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, se hace público que el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, en sesión
ordinaria celebrada el día 16 de diciembre de 2021, ha aprobado definitivamente la
modificación de los artículos 4.2, 4.3, 5.1 y 8 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto
de Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M), siendo el texto íntegro de la modificación
aprobada, el siguiente:
(Los apartados 2 y 3 del artículo 4 se han reestructurado a efectos de distinguir en dos
apartados distintos las exenciones y las bonificaciones, modificándose e incrementándose el
porcentaje de la bonificación del apartado 4.2.b):
“Artículo 4.
2. Se establecen las siguientes bonificaciones:
a) Se establece una bonificación del 100% de la cuota del impuesto a favor de los
vehículos de carácter histórico, o que tengan una antigüedad superior a 25 años. El
carácter histórico del vehículo se acreditará aportando certificación de la catalogación
como tal por el organismo oficial competente.
La exención por antigüedad superior a 25 años se aplicará de oficio por la Administración.
b) Los vehículos automóviles de las clases turismos, camiones, furgones, furgonetas,
vehículos mixtos adaptables, autobuses y autocares de motores eléctricos o híbridos
(motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diesel, eléctrico-gas) que estén homologados de
fábrica incorporando dispositivos catalizadores adecuados a su clase y modelo que
minimicen las emisiones contaminantes, disfrutaran de una bonificación del 75 por ciento
de la cuota del impuesto durante dos años, incluido el de su matriculación.
CVE:
BOP-2021-5782
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
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