Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5776)
BOP-2021-5776 Convocatoria para la provisión de tres plazas de Administrativos/as de Administración General. Turno de promoción interna.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos de diez días que se
conceden a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los
defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso
selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de defectos de la solicitud, se publicará en el B.O.P.
y Tablón de Anuncios Electrónico, ubicado en la sede electrónica de la Diputación Provincial
(direcciones webs indicadas anteriormente) una resolución elevando a definitiva la lista provisional
de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u omisiones, en el
plazo máximo de un mes, que podrá ser prorrogado por causas justificadas y previa resolución
motivada. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer
ejercicio de la oposición.
4.4 Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán alfabéticamente
atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
QUINTA. Tribunales de selección.
5.1. Los Tribunales calificadores encargados de la selección tendrá la categoría establecida en el
art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estarán constituidos en la forma que se
determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública
de Extremadura, quedando formados por los titulares que a continuación se indican y sus
correspondientes suplentes:
Presidente:
Un/a empleado/a público/a, designado/a por la Presidencia de la Corporación y su correspondiente
suplente.
Vocales:
Un/a empleado/a público/a, designado por una Administración Pública distinta de la Excma.
Diputación Provincial de Cáceres o del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria y su correspondiente suplente.
Dos empleados/as públicos/as, de la Corporación o del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria de similar Área funcional y sus correspondientes
suplentes.
Secretario:
Un/a empleado/a público/a, que tendrá voz y voto y su correspondiente suplente.
Por Resolución Presidencial de la Diputación Provincial de Cáceres o del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria se concretará las personas integrantes del Tribunal.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección:
CVE:
BOP-2021-5776
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
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En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos de diez días que se
conceden a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los
defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso
selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de defectos de la solicitud, se publicará en el B.O.P.
y Tablón de Anuncios Electrónico, ubicado en la sede electrónica de la Diputación Provincial
(direcciones webs indicadas anteriormente) una resolución elevando a definitiva la lista provisional
de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u omisiones, en el
plazo máximo de un mes, que podrá ser prorrogado por causas justificadas y previa resolución
motivada. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer
ejercicio de la oposición.
4.4 Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán alfabéticamente
atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
QUINTA. Tribunales de selección.
5.1. Los Tribunales calificadores encargados de la selección tendrá la categoría establecida en el
art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estarán constituidos en la forma que se
determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública
de Extremadura, quedando formados por los titulares que a continuación se indican y sus
correspondientes suplentes:
Presidente:
Un/a empleado/a público/a, designado/a por la Presidencia de la Corporación y su correspondiente
suplente.
Vocales:
Un/a empleado/a público/a, designado por una Administración Pública distinta de la Excma.
Diputación Provincial de Cáceres o del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria y su correspondiente suplente.
Dos empleados/as públicos/as, de la Corporación o del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria de similar Área funcional y sus correspondientes
suplentes.
Secretario:
Un/a empleado/a público/a, que tendrá voz y voto y su correspondiente suplente.
Por Resolución Presidencial de la Diputación Provincial de Cáceres o del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria se concretará las personas integrantes del Tribunal.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección:
CVE:
BOP-2021-5776
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
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