Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5776)
BOP-2021-5776 Convocatoria para la provisión de tres plazas de Administrativos/as de Administración General. Turno de promoción interna.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
no resulta admitido a examen por falta de los requisitos exigidos para tomar parte en la
convocatoria.
3.2.a) Exención de la tasa:
Estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para el
disfrute de la exención deberán acreditar que reúnen la condición legal de personas con
discapacidad, mediante la presentación de certificado expedido por el órgano competente del
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social o, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente.
3.4. b) Bonificación de la tasa:
Gozarán de una bonificación del 75 por 100 los aspirantes que figuren como desempleados durante
el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha del anuncio de las convocatorias en el B.O.E, para
lo cual deberán presentar tarjeta de demanda de empleo u otro documento de los servicios
públicos de empleo debidamente sellada/o y firmada/o o bien informe de periodo ininterrumpido
inscrito en situación de desempleo por el que acrediten tal condición.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de
las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación
de solicitudes.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución
del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso
selectivo.
CUARTA. Admisión de aspirantes.
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos a
la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de estos requisitos
será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en la forma prevista
en la Base Décima.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y excluidos/as,
en el plazo máximo de dos meses. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola vez, por causas
justificadas y previa resolución motivada.
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios, contendrá como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos
con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los de nacionalidad
extranjera e indicación de las causas de inadmisión. Asimismo, en esta Resolución se indicarán la
página web y los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos.
CVE:
BOP-2021-5776
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
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no resulta admitido a examen por falta de los requisitos exigidos para tomar parte en la
convocatoria.
3.2.a) Exención de la tasa:
Estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para el
disfrute de la exención deberán acreditar que reúnen la condición legal de personas con
discapacidad, mediante la presentación de certificado expedido por el órgano competente del
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social o, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente.
3.4. b) Bonificación de la tasa:
Gozarán de una bonificación del 75 por 100 los aspirantes que figuren como desempleados durante
el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha del anuncio de las convocatorias en el B.O.E, para
lo cual deberán presentar tarjeta de demanda de empleo u otro documento de los servicios
públicos de empleo debidamente sellada/o y firmada/o o bien informe de periodo ininterrumpido
inscrito en situación de desempleo por el que acrediten tal condición.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de
las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación
de solicitudes.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución
del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso
selectivo.
CUARTA. Admisión de aspirantes.
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos a
la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de estos requisitos
será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en la forma prevista
en la Base Décima.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y excluidos/as,
en el plazo máximo de dos meses. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola vez, por causas
justificadas y previa resolución motivada.
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios, contendrá como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos
con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los de nacionalidad
extranjera e indicación de las causas de inadmisión. Asimismo, en esta Resolución se indicarán la
página web y los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos.
CVE:
BOP-2021-5776
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
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