Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5774)
BOP-2021-5774 Convocatoria para la provisión de una plaza de Trabajador/a Social.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
Los/as interesados/as deberán presentar su solicitud registrada en soporte papel. La
simple tramitación de la preinscripción vía internet no exime de su presentación en un registro
oficial, ni de hacerlo en el plazo indicado en el apartado 2.b) de la presente Base. Tampoco exime al
aspirante del requisito de proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por derechos de
exámen
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/la aspirante. del
proceso selectivo, sin que proceda su subsanación.
Asimismo, deberán manifestar expresamente que reúnen todas y cada una de las condiciones
exigidas en la Base Segunda, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
Los méritos se relacionarán en el anexo a la solicitud establecido al efecto por la Diputación
Provincial de Cáceres.
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición deberán aportar copia de los
documentos acreditativos de los méritos relacionados en la solicitud de participación, sin necesidad
de compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración jurada del
interesado sobre la autenticidad de los mismos, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el
Tribunal Calificador o los órganos competentes de la Diputación Provincial de Cáceres puedan
requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y
que hayan sido objeto de valoración. Se iniciará expediente de comprobación acerca del
cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con trámite de audiencia al interesado/a. El
órgano convocante resolverá de forma motivada lo que proceda.
Para la presentación de los documentos a que se refiere el párrafo anterior, se abrirá un plazo
de quince dias hábiles que será anunciado por la Diputación junto con el anuncio de las
calificaciones definitivas de la fase de oposición.
En la fase de concurso, el Tribunal podrá recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o, en
su caso, la documentación complementaria que se estime necesaria para la comprobación de los
méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a aquellos que falseen o modifiquen
dicha documentación aportada.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados
documentalmente.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
CVE:
BOP-2021-5774
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
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