Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5772)
BOP-2021-5772 Convocatoria para la provisión de tres plazas de Operadores/as Informáticos/as.
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fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de estos requisitos será
acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en la forma prevista en la Base
Décima.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y excluidos/as, en el
plazo máximo de dos meses. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola vez, por causas justificadas y
previa resolución motivada.
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios, contendrá como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos con su
correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los de nacionalidad extranjera e
indicación de las causas de inadmisión. Asimismo, en esta Resolución se indicarán la página web y los
lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes
admitidos y excluidos.
En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos de diez días que se
conceden a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos
justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de defectos de la solicitud, se publicará en el B.O.P. y
Tablón de Anuncios Electrónico, ubicado en la sede electrónica de la Diputación Provincial (direcciones
webs indicadas anteriormente) una resolución elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes,
incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u omisiones, en el plazo máximo de un
mes, que podrá ser prorrogado por causas justificadas y previa resolución motivada. En dicha resolución
se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio de la oposición.
4.4 Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán alfabéticamente
atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
QUINTA. Tribunales de selección.
5.1. Los Tribunales calificadores encargados de la selección tendrá la categoría establecida en el art. 30
del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estarán constituidos en la forma que se determina en los
artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y
CVE:
BOP-2021-5772
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
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