Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-5759)
BOP-2021-5759 Bases convocatoria cobertura en propiedad de una plaza de Coordinador/a de Casas de Cultura. Concurso oposición. Promoción interna.
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SÉPTIMA. CALIFICACIÓN DEFINITIVA. RELACIÓN DE APROBADOS/AS Y PRESENTACIÓN
DE DOCUMENTOS.
La calificación definitiva del concurso oposición vendrá determinada por la suma de las
calificaciones definitivas obtenidas en ambas fases, efectuada la cual, el tribunal publicará en el
tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres, así como dentro del
apartado Ofertas de Empleo https://sede.caceres.es, anuncio en que aparezcan los resultados
finales por orden de puntuación total del proceso de selección y la propuesta a la Alcaldía
sobre la relación de aspirantes aprobados/as y propuesto/a para su nombramiento como
funcionario de carrera, no pudiendo superar estos/as el número de plazas convocadas, de tal
modo que resultarán seleccionados/as aquellos/as aspirantes que mayor puntuación hayan
obtenido hasta el límite de las plazas convocadas y elevará dicha propuesta al órgano
competente de la corporación para sus efectos.
De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por aquel/aquella aspirante
que haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición y si el
mismo continúa se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la citada
fase, de seguir existiendo se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el apartado
experiencia laboral de la fase de concurso y de persistir se tendrá en cuenta la mayor
puntuación obtenida en el apartado formación de la citada fase.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres en caso de que persistiese el empate entre candidatos/as se resolverá a
favor de aquella persona cuyo género estuviera subrepresentado en las plazas objeto de la
presente convocatoria.
De persistir dicho empate se resolverá por orden alfabético, iniciándose el escalafonamiento
por el orden de actuación de apellidos establecido según el sorteo a que se refiere la base
quinta de esta convocatoria.
La Resolución de Alcaldía dictada en base a la propuesta formulada por el Tribunal de
Selección donde figura la mencionada relación de aprobados/as y propuesto/a para su
nombramiento como personal funcionario de carrera agota la vía administrativa, pudiendo
los/as interesados/as interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición o bien,
interponer directamente recurso contencioso-administrativo, así como cualquier otro recurso
que estimen procedente. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las
normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
La persona aspirante propuesta para el nombramiento presentará ante el Servicio de Recursos
CVE:
BOP-2021-5759
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de diciembre de 2021
N.º 0245
Pág. 24230
DE DOCUMENTOS.
La calificación definitiva del concurso oposición vendrá determinada por la suma de las
calificaciones definitivas obtenidas en ambas fases, efectuada la cual, el tribunal publicará en el
tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres, así como dentro del
apartado Ofertas de Empleo https://sede.caceres.es, anuncio en que aparezcan los resultados
finales por orden de puntuación total del proceso de selección y la propuesta a la Alcaldía
sobre la relación de aspirantes aprobados/as y propuesto/a para su nombramiento como
funcionario de carrera, no pudiendo superar estos/as el número de plazas convocadas, de tal
modo que resultarán seleccionados/as aquellos/as aspirantes que mayor puntuación hayan
obtenido hasta el límite de las plazas convocadas y elevará dicha propuesta al órgano
competente de la corporación para sus efectos.
De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por aquel/aquella aspirante
que haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición y si el
mismo continúa se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la citada
fase, de seguir existiendo se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el apartado
experiencia laboral de la fase de concurso y de persistir se tendrá en cuenta la mayor
puntuación obtenida en el apartado formación de la citada fase.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres en caso de que persistiese el empate entre candidatos/as se resolverá a
favor de aquella persona cuyo género estuviera subrepresentado en las plazas objeto de la
presente convocatoria.
De persistir dicho empate se resolverá por orden alfabético, iniciándose el escalafonamiento
por el orden de actuación de apellidos establecido según el sorteo a que se refiere la base
quinta de esta convocatoria.
La Resolución de Alcaldía dictada en base a la propuesta formulada por el Tribunal de
Selección donde figura la mencionada relación de aprobados/as y propuesto/a para su
nombramiento como personal funcionario de carrera agota la vía administrativa, pudiendo
los/as interesados/as interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición o bien,
interponer directamente recurso contencioso-administrativo, así como cualquier otro recurso
que estimen procedente. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las
normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
La persona aspirante propuesta para el nombramiento presentará ante el Servicio de Recursos
CVE:
BOP-2021-5759
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de diciembre de 2021
N.º 0245
Pág. 24230