Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-5755)
BOP-2021-5755 Bases convocatoria de pruebas selectivas para cobertura en propiedad de una plaza de Técnico/a de Administración General. Concurso oposición turno libre.
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Se valorarán los servicios efectivos prestados para cualquier Administración Pública, como
personal laboral fijo, personal laboral temporal, personal funcionario de carrera, personal
estatutario o personal funcionario interino en el cuerpo, especialidad o categoría profesional
convocada o similar, y siempre que se trate del mismo Subgrupo o en su defecto, Grupo de
Titulación.
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa, los mismos se valorarán en
proporción a la jornada realmente trabajada, que deberá acreditarse en la forma prevista en el
apartado 2.3.
Los servicios prestados se valorarán a razón de 0,05 puntos por mes completo, hasta un
máximo de 6 puntos, computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
instancias.
2.2. Formación (recibida o impartida en el ámbito de las Administraciones Públicas y/o al
amparo de los distintos planes de formación continua):
Por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento cuyo contenido verse sobre
materias directamente relacionadas con la categoría profesional objeto de la convocatoria,
organizados por la Administración Pública o centros homologados por las mismas o acogidos al
Plan Nacional de Formación Continua de las Administraciones Públicas independientemente
del promotor de los mismos, con la siguiente valoración.
- Por la formación recibida sobre materias directamente relacionadas con las funciones
propias del puesto de trabajo: 0,020 puntos/hora.
- Por formación impartida sobre materias directamente relacionadas con las funciones
propias del puesto de trabajo: 0,040 puntos/hora.
Se entiende por cursos los que tengan dicha denominación o las de congresos, jornadas,
seminarios, simposios y similares, destinados a la formación y perfeccionamiento.
No se tomarán en consideración cuando sean meramente repetitivos de otros anteriores de
igual denominación. En estos casos se valorará el de mayor carga lectiva.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (Primera y Segunda Parte; Curso Básico y
Curso Avanzado…), se sumará la carga lectiva total a efectos de su valoración.
Cuando del documento aportado se deduzca que sólo en parte guarda relación con las
funciones a desempeñar, únicamente será tomada en consideración la que corresponda
CVE:
BOP-2021-5755
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de diciembre de 2021
N.º 0245
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