Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5746)
BOP-2021-5746 Bases reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones para la adjudicación de Ayudas a los participantes de los itinerarios formativos del Proyecto ISLA IV en el marco del P.O. de Empleo, Formación y Educación.
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Efectos Múltiples (IPREM). Las ayudas que perciban por prestaciones sociales públicas o de
asistencia social, serán compatibles con la ayuda económica prevista en esta convocatoria por
asistencia a itinerarios formativos”.
Tal y como establece la Resolución fechada a 22 de abril de 2019 de la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local, por la que se aprueban las Instrucciones Generales para la
ejecución de los proyectos cofinanciados con ayudas AP-POEFE del Fondo Social Europeo
2014-2020, destinadas a Entidades Locales para la Inserción de colectivos desfavorables,
instrucción tercera: actuaciones subvencionables y beneficiarios/as, subapartado de
compatibilidad de la ayuda económica a los/as participantes: “El requisito de carecer de rentas
o ingresos iguales o superiores al 75 por 100 del IPREM para obtener el derecho a percibir
ayuda económica, en los casos en que la Entidad decida conceder ayuda a los/as participantes
por asistencia a los itinerarios formativos, se comprobará al inicio de la acción formativa. Las
prestaciones o ayudas sociales públicas, ayudas al desempleo, ingresos o rentas de cualquier
naturaleza que obtengan los/as participantes, una vez iniciada la actuación y durante el
desarrollo del programa formativo, serán compatibles con la ayuda de asistencia sin la
limitación del 75% del IPREM”.
Los/as participantes, acreditarán esta condición al inicio de la acción formativa, mediante
declaración jurada donde indique expresamente que NO percibe rentas mensuales iguales o
superiores a dicha cantidad.
Las prestaciones o ayudas sociales públicas, ayudas al desempleo, ingresos o rentas de
cualquier naturaleza que obtengan los participantes, una vez iniciada la actuación y durante el
desarrollo del programa formativo, serán compatibles con la ayuda de asistencia sin la
limitación del 75% del IPREM.
Un/a participante no se podrá incluir en más de un itinerario o edición del mismo proyecto,
afectando esta condición a todas las acciones formativas objeto del proyecto En caso de
concurrir esta circunstancia, la Entidad tendrá que asociar al/la participante a un único
itinerario, con lo que solo tendrá derecho a solicitar la ayuda económica en un solo itinerario.
Finalmente, la condición de beneficiario/a de la ayuda económica a los/as participantes no
conlleva una dedicación exclusiva que impida la búsqueda y aceptación de un empleo. En
consecuencia, la contratación laboral sobrevenida del alumnado participante en horario
compatible con el desarrollo de los itinerarios una vez iniciada la actuación, no supondrá la
pérdida del derecho al cobro de la ayuda a la formación ni su salida del programa.
CVE:
BOP-2021-5746
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de diciembre de 2021
N.º 0245
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