Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5711)
BOP-2021-5711 Normas Reguladoras Diputación Integra V.
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PRIMERA. OBJETO.
El objeto de estas normas reguladoras es establecer las premisas específicas en el marco de la
Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación para regular la concesión de
subvenciones públicas a través de este plan de ayudas, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 22.2.c) de la LGS, el art 13 de la OGS y en la Base 41 de las de Ejecución del
Presupuesto para el ejercicio 2021.
La presente convocatoria tiene como finalidad subvencionar en los municipios y entidades
locales menores de la provincia de Cáceres, con población igual o inferior a 20.000 habitantes,
la contratación de personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
SEGUNDA. COMPETENCIA.
La Presidencia de la Diputación Provincial de Cáceres, será el órgano competente para la
aprobación de esta convocatoria, así como para la concesión de las subvenciones previstas en
el Anexo I donde se recogen los importes correspondientes al reparto por entidades
beneficiarias.
El órgano encargado de la puesta en marcha y la tramitación será el Servicio de Igualdad,
Política Social y Cooperación Internacional adscrita al Área de Presidencia.
TERCERA. VIGENCIA.
Las presentes normas regularán la presente convocatoria con vigencia desde el día siguiente a
la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, siguiendo el
procedimiento establecido en el Art. 20.8 a) de la LGS, para el ejercicio 2022 y 2023, y no
podrán ser objeto de prórroga, ni expresa ni tácita.
CUARTA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
El importe total de la convocatoria asciende a un millón quinientos mil euros (1.500.000,00 €),
estando consignada en el Presupuesto General de la Diputación de 2022, en las aplicaciones:
01.2314.46201 Plan Empleo Aytos. -"Diputación Integra V" 1.450.000,00 €
01.2314.46801 Plan Empleo E.L.M - "Diputación Integra V" 50.000,00 €
QUINTA. COMPROMISOS DE LA ENTIDAD CONCEDENTE.
1º. La Diputación aportará a cada Entidad local la cantidad fijada en el Anexo I, para dedicarlo a
la realización del objeto de la subvención. La distribución entre las entidades con población
CVE:
BOP-2021-5711
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de diciembre de 2021
N.º 0244
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