Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2021-5697)
BOP-2021-5697 Aprobación definitiva Modificación de Ordenanza reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de agua a domicilio.
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reclamaciones por los/as interesados/as y la recaudación se llevará a cabo mediante recibos
de cobro periódico.
En el supuesto de licencia de acometida, el contribuyente formulará la oportuna solicitud y los
servicios tributarios de este Ayuntamiento, una vez concedida aquella, practicarán la liquidación
que proceda, que será notificada para el ingreso directo en la forma y plazos que señalan los
artículos 60 y 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Artículo 11. Infracciones y Sanciones Tributarias.
En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, y las disposiciones
que la desarrollen.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de
la Provincia, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación
expresas.».
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer por los/as interesados/as recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
Calzadilla, 17 de diciembre de 2021
Carlos Carlos Rodríguez
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2021-5697
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de diciembre de 2021
N.º 0243
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