Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2021-5695)
BOP-2021-5695 Aprobación definitiva Modificación Reglamento Escuela de Música.
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con las debidas precauciones necesarias, en relación con la seguridad de las personas,
la adecuada conservación de los recursos y el correcto destino de los mismos.
e) Participar en el funcionamiento y en la vida del centro, en la actividad escolar y en la
gestión de los mismos.
f) Ser informados/as de las faltas cometidas y sanciones correspondientes.
g) Recibir orientación escolar y profesional para conseguir el máximo desarrollo
personal, social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones o intereses.
h) Que su actividad en la Escuela se desarrolle en las debidas condicionas de seguridad
e higiene.
i) La libertad de expresión, sin perjuicio de los derechos de todos/as los/as miembros de
la comunidad educativa y el respeto que merecen las instituciones.
j) Asociarse en asociaciones de alumnos/as.
ARTÍCULO 14. DEBERES DE LOS/AS ALUMNOS/AS.
1. El deber más importante de los/as alumnos/as es el de aprovechar positivamente el puesto
escolar que la sociedad pone a su disposición. Por ello, el interés por aprender y la asistencia a
clase, es decir, el deber del estudio, es la consecuencia del derecho fundamental a la
educación.
Este deber se extiende en las siguientes obligaciones:
a) Asistir a clase y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de
estudio, manteniendo la debida aplicación.
b) Respetar rigurosamente los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades
del centro.
c) Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarle el
debido respeto y consideración.
d) Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros/as.
e) Avisar con antelación de las ausencias que se puedan prever, especialmente si se
trata de ensayos o actividades de igual consideración.
CVE:
BOP-2021-5695
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de diciembre de 2021
N.º 0243
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