Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5690)
BOP-2021-5690 Normas reguladoras Plan de Empleo para Entidades Locales 2022 para la concesión de Ayudas destinadas a la financiación para la creación de empleo en las Entidades Locales de la provincia de Cáceres.
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General de Subvenciones, así como a lo dispuesto en el Reglamento que desarrolla dicha Ley,
y a la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación.
8º. La Entidad Local deberá disponer de un sistema general contable adecuado a la legislación
vigente, así como de los documentos, libros, registros y programas informáticos que faciliten y
garanticen el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
9º. Sin perjuicio de las declaraciones o justificaciones presentadas, la Entidad Local queda
obligada a comunicar a la Diputación la obtención de otras subvenciones o ayudas que
financien la actividad objeto de esta ayuda, tan pronto como se conozca, y, en todo caso, con
anterioridad a la presentación de la justificación.
Las subvenciones de este Plan serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma
finalidad, teniendo en cuenta que el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal
cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
BASE QUINTA.- SISTEMA DE TRAMITACIÓN. IDENTIFICACIÓN Y ACCESO A LA SEDE.
Sistema de tramitación:
La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la
Diputación Provincial de Cáceres. La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es
http://sede.dip-caceres.es
La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en
su caso, la fase de reintegro.
La Diputación, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a través de la sede
electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga que recurrir a otros
procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las partes.
Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la
sede electrónica de la Diputación de Cáceres firmadas electrónicamente, donde se formalizará
la entrega de las mismas en el registro electrónico creado y regulado por el Reglamento del
Registro General de Entrada y Salida de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, publicado
en el B.O.P. número 74, de 21 abril de 2010, modificado por Acuerdo de Pleno de 27 de junio
de 2013 y cuya modificación fue publicada en el BOP n.º 163 de 23 de agosto.
CVE:
BOP-2021-5690
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de diciembre de 2021
N.º 0243
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y a la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación.
8º. La Entidad Local deberá disponer de un sistema general contable adecuado a la legislación
vigente, así como de los documentos, libros, registros y programas informáticos que faciliten y
garanticen el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
9º. Sin perjuicio de las declaraciones o justificaciones presentadas, la Entidad Local queda
obligada a comunicar a la Diputación la obtención de otras subvenciones o ayudas que
financien la actividad objeto de esta ayuda, tan pronto como se conozca, y, en todo caso, con
anterioridad a la presentación de la justificación.
Las subvenciones de este Plan serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma
finalidad, teniendo en cuenta que el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal
cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
BASE QUINTA.- SISTEMA DE TRAMITACIÓN. IDENTIFICACIÓN Y ACCESO A LA SEDE.
Sistema de tramitación:
La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la
Diputación Provincial de Cáceres. La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es
http://sede.dip-caceres.es
La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en
su caso, la fase de reintegro.
La Diputación, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a través de la sede
electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga que recurrir a otros
procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las partes.
Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la
sede electrónica de la Diputación de Cáceres firmadas electrónicamente, donde se formalizará
la entrega de las mismas en el registro electrónico creado y regulado por el Reglamento del
Registro General de Entrada y Salida de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, publicado
en el B.O.P. número 74, de 21 abril de 2010, modificado por Acuerdo de Pleno de 27 de junio
de 2013 y cuya modificación fue publicada en el BOP n.º 163 de 23 de agosto.
CVE:
BOP-2021-5690
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de diciembre de 2021
N.º 0243
Pág. 23865