Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hoyos. (BOP-2021-5658)
BOP-2021-5658 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Municipal reguladora de Tráfico de Hoyos.
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acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la LSV, pudiendo delegar esta facultad de
acuerdo con la legislación aplicable.
ARTÍCULO 50.
El procedimiento sancionador se regirá por lo dispuesto en Título V, Capítulo III, de la LSV,
ajustándose en todo caso a los principios y garantías definidas en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ARTÍCULO 51.
El Organismo Autónomo de Recaudación de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres será
el encargado de tramitar los procedimientos en esta materia y nombrará instructor/a de los
expedientes.
DISPOSICION FINAL.
Se faculta a la Alcaldía para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y
aplicación de esta Ordenanza y la actualización de las cuantías sancionadoras de las multas
atendiendo a las variaciones que experimente el Índice de Precios al Consumo.
La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
ART. APART. CALIFICA. HECHO DENUNCIADO EUROS
TITULO I.- CAPITULO I: NORMAS GENERALES.
8 2 G Interrupción del tráfico, tanto de vehículos como
peatonal, por causas de obras u otros motivos, sin
licencia municipal.
200
9 3 G Circular por zonas peatonales, o en las
proximidades de aglomeración de personas, sin
moderar la velocidad.
200
6 2 L Insultar o manifestarse agresivamente, de forma
verbal o con gestos ofensivos, ostensibles e
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CVE:
BOP-2021-5658
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de diciembre de 2021
N.º 0242
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