Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hoyos. (BOP-2021-5658)
BOP-2021-5658 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Municipal reguladora de Tráfico de Hoyos.
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6.- No podrán colocar rampas en la calzada.
ARTÍCULO 35.
En el caso de que así lo soliciten, los servicios municipales instalarán la señalización descrita.
Los gastos que se ocasionen, así como las obras necesarias serán de cuenta del/la solicitante.
ARTÍCULO 36.
Los desperfectos ocasionados en las aceras con motivo del uso especial que comporta la
entrada y salida de vehículos será responsabilidad de los/as titulares.
ARTÍCULO 37.
1.-El Ayuntamiento podrá suspender por razones del tráfico, obras en vía pública u otras
circunstancias extraordinarias, los efectos de la autorización con carácter temporal.
2.-En las calles donde se instalen mercadillos o se celebren actos públicos, los/as
concesionarios/as de vados están obligados/as a soportar las restricciones de uso durante la
celebración de los mismos, sin derecho a compensación de ninguna clase.
ARTÍCULO 38.
Las autorizaciones podrán ser revocadas por el órgano que las dictó en los siguientes casos:
Por ser destinadas a fines distintos para los que fueron otorgadas.
Por haber desaparecido las causas o circunstancias que dieron lugar a su otorgamiento.
Por no abonar el precio público anual correspondiente.
Por incumplir las condiciones relativas a los horarios o carecer de la señalización
adecuada.
Por causas motivadas relativas al tráfico o circunstancias de la vía pública.
ARTÍCULO 39.
1.- Cuando se revoque la autorización o se solicite la baja o anulación de la autorización de
entrada de vehículos que se venía disfrutando, se deberá suprimir, por cuenta del
concesionario, toda la señalización indicativa de la existencia de la entrada, y entrega de la
placa en los Servicios Municipales correspondientes.
Si la baja o anulación de la autorización se lleva a cabo a instancias del/la interesado/a esta no
será concedida hasta que resulte acreditado, que este hubiera llevado a cabo las obligaciones
CVE:
BOP-2021-5658
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Miércoles, 22 de diciembre de 2021
N.º 0242
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