Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5598)
BOP-2021-5598 Bases Reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones a Municipios de la Provincia de Cáceres de hasta 20.000 habitantes y Entidades Locales para la contratación o mantenimiento de Personal Informador y Dinamizador Turístico en Centros de Interpretación de la Provincia de Cáceres. 2022 (Tramitación Anticipada).
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INSTRUCCIÓN Y BAREMACIÓN:
La instrucción del procedimiento corresponderá al Área de Reto Demográfico, Desarrollo
Sostenible, Juventud y Turismo con las atribuciones que le confiere el artículo 24 de la Ley
General de Subvenciones.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán examinadas por el Órgano
Gestor. Ante errores subsanables en la solicitud, se requerirá al/a interesado/a que proceda a
corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días hábiles. En caso de no resolver adecuadamente
la subsanación, se le tendrá por desistido/a del expediente, de conformidad con lo dispuesto en
la legislación vigente. Para la presentación de la subsanación, se utilizará el formulario de la
sede electrónica.
El órgano instructor elaborará un informe previo de evaluación de las solicitudes, donde deberá
constar las entidades que han subsanado y los motivos de subsanación, y la acreditación de
que los/as solicitantes cumplen todos los requisitos para poder acceder a las ayudas
solicitadas.
La evaluación de las solicitudes presentadas se llevará a cabo por la Comisión de Valoración a
que se refiere la Base Novena, de acuerdo con el artículo 22.1 de la Ley General de
Subvenciones.
RESOLUCIÓN:
A la vista del expediente, el órgano instructor formulará propuesta de resolución provisional
debidamente motivada, que se notificará a las personas interesadas, abriéndose un plazo de
diez días para la presentación de alegaciones. No se admitirá reformulación de la solicitud.
Se podrá prescindir del trámite de alegaciones cuando no figuren en el procedimiento ni sean
tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por las
personas interesadas. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de
definitiva.
Examinadas las alegaciones presentadas, en su caso, por las personas interesadas, se
formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar la relación de solicitantes
para los que se propone la concesión de subvención, y su cuantía, especificando su evaluación
y los criterios de valoración aplicados.
El órgano competente para la resolución de la convocatoria es el Sr. Presidente de la
Diputación, o persona en quien delegue. La resolución contendrá la relación de solicitantes a
CVE:
BOP-2021-5598
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de diciembre de 2021
N.º 0239
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