Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5598)
BOP-2021-5598 Bases Reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones a Municipios de la Provincia de Cáceres de hasta 20.000 habitantes y Entidades Locales para la contratación o mantenimiento de Personal Informador y Dinamizador Turístico en Centros de Interpretación de la Provincia de Cáceres. 2022 (Tramitación Anticipada).
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hasta el momento de justificación de la presente ayuda.
OBLIGACIONES:
Serán obligaciones de la entidad beneficiaria las establecidas en el artículo 14 de la Ley
General de Subvenciones y en el artículo 6 de la Ordenanza General de Subvenciones de la
Diputación Provincial de Cáceres, y además:
Adoptar las medidas de difusión necesarias para dar publicidad a la ayuda concedida.
Las entidades beneficiarias de la subvención estarán obligadas a difundir que la
actividad ha sido subvencionada por la Diputación Provincial de Cáceres. Para ello
deberán hacer constar la colaboración mediante la disposición del texto “en
colaboración con la Diputación Provincial de Cáceres” y el logotipo de la Diputación, en
todo el material documental a que dé lugar el proyecto o actividad subvencionada.
BASE SEXTA. SISTEMA DE TRAMITACIÓN. IDENTIFICACIÓN Y ACCESO A LA SEDE.
SISTEMA DE TRAMITACIÓN:
La presente Convocatoria se tramitará exclusivamente de manera telemática a través de la
sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres:
https://sede.dip-caceres.es
La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en
su caso, la fase de reintegro.
La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a
través de la sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga
que recurrir a otros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las
partes.
Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la
sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, donde se
formalizará la entrega de las mismas en el registro electrónico creado y regulado por el
Reglamento del Registro General de Entrada y Salida de la Excma. Diputación Provincial de
Cáceres, publicado en el B.O.P. número 74, de 21 abril de 2010, modificado por Acuerdo de
Pleno de 27 de junio de 2013 y cuya modificación fue publicada en el BOP n.º 163 de 23 de
agosto.
Los formularios, las declaraciones responsables y los demás documentos electrónicos a
CVE:
BOP-2021-5598
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de diciembre de 2021
N.º 0239
Pág. 23530
hasta el momento de justificación de la presente ayuda.
OBLIGACIONES:
Serán obligaciones de la entidad beneficiaria las establecidas en el artículo 14 de la Ley
General de Subvenciones y en el artículo 6 de la Ordenanza General de Subvenciones de la
Diputación Provincial de Cáceres, y además:
Adoptar las medidas de difusión necesarias para dar publicidad a la ayuda concedida.
Las entidades beneficiarias de la subvención estarán obligadas a difundir que la
actividad ha sido subvencionada por la Diputación Provincial de Cáceres. Para ello
deberán hacer constar la colaboración mediante la disposición del texto “en
colaboración con la Diputación Provincial de Cáceres” y el logotipo de la Diputación, en
todo el material documental a que dé lugar el proyecto o actividad subvencionada.
BASE SEXTA. SISTEMA DE TRAMITACIÓN. IDENTIFICACIÓN Y ACCESO A LA SEDE.
SISTEMA DE TRAMITACIÓN:
La presente Convocatoria se tramitará exclusivamente de manera telemática a través de la
sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres:
https://sede.dip-caceres.es
La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en
su caso, la fase de reintegro.
La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a
través de la sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga
que recurrir a otros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las
partes.
Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la
sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, donde se
formalizará la entrega de las mismas en el registro electrónico creado y regulado por el
Reglamento del Registro General de Entrada y Salida de la Excma. Diputación Provincial de
Cáceres, publicado en el B.O.P. número 74, de 21 abril de 2010, modificado por Acuerdo de
Pleno de 27 de junio de 2013 y cuya modificación fue publicada en el BOP n.º 163 de 23 de
agosto.
Los formularios, las declaraciones responsables y los demás documentos electrónicos a
CVE:
BOP-2021-5598
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de diciembre de 2021
N.º 0239
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