Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-5539)
BOP-2021-5539 Bases para la cobertura en propiedad de tres plazas de Subinspector/a de la Policía Local. Concurso oposición turno libre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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epígrafes de la base 6.1, sin aplicar el límite de puntuación establecido en cada uno de esos
apartados de la base sexta.
De persistir el empate se resolverá por orden alfabético, iniciándose el escalafonamiento por el
orden de actuación establecido según el sorteo a que se refiere la base quinta de esta
convocatoria.
Presentación de documentos.
La Resolución de Alcaldía dictada en base a la propuesta formulada por el Tribunal de
Selección donde figura la mencionada relación de aprobados/as y propuestos/as para su
nombramiento como personal funcionario en prácticas agota la vía administrativa, pudiendo
los/as interesados/as interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición o bien,
interponer directamente recurso contencioso-administrativo, así como cualquier otro recurso
que estimen procedente. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las
normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
Las personas aspirantes propuestas para el nombramiento presentarán ante el Servicio de
Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, dentro del plazo de veinte días
hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del resultado final del proceso de
selección, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos que para
tomar parte en la misma se exigen en la base segunda de la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor alguno/a de los/las aspirantes
propuestos/as no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que
carece de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a funcionario/a en prácticas,
quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera
haber incurrido por falsedad en su instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En
este caso el Ilmo. Sr. Alcalde efectuará el nombramiento como personal funcionario/a en
prácticas a favor de quien habiendo alcanzado la puntuación mínima exigida en los ejercicios
de la oposición, siga en el orden de clasificación definitiva.
Las personas aspirantes propuestas, en su condición de funcionarios/as públicos/as, están
exentos/as de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de la
Administración Pública de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias
que conste en su expediente personal.
CVE:
BOP-2021-5539
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 13 de diciembre de 2021
N.º 0235
Pág. 23283
apartados de la base sexta.
De persistir el empate se resolverá por orden alfabético, iniciándose el escalafonamiento por el
orden de actuación establecido según el sorteo a que se refiere la base quinta de esta
convocatoria.
Presentación de documentos.
La Resolución de Alcaldía dictada en base a la propuesta formulada por el Tribunal de
Selección donde figura la mencionada relación de aprobados/as y propuestos/as para su
nombramiento como personal funcionario en prácticas agota la vía administrativa, pudiendo
los/as interesados/as interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición o bien,
interponer directamente recurso contencioso-administrativo, así como cualquier otro recurso
que estimen procedente. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las
normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
Las personas aspirantes propuestas para el nombramiento presentarán ante el Servicio de
Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, dentro del plazo de veinte días
hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del resultado final del proceso de
selección, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos que para
tomar parte en la misma se exigen en la base segunda de la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor alguno/a de los/las aspirantes
propuestos/as no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que
carece de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a funcionario/a en prácticas,
quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera
haber incurrido por falsedad en su instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En
este caso el Ilmo. Sr. Alcalde efectuará el nombramiento como personal funcionario/a en
prácticas a favor de quien habiendo alcanzado la puntuación mínima exigida en los ejercicios
de la oposición, siga en el orden de clasificación definitiva.
Las personas aspirantes propuestas, en su condición de funcionarios/as públicos/as, están
exentos/as de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de la
Administración Pública de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias
que conste en su expediente personal.
CVE:
BOP-2021-5539
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 13 de diciembre de 2021
N.º 0235
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