Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2021-5525)
BOP-2021-5525 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora de Tasa por Prestación de Servicios. Epigrafe G) Recogida Residuos Sólidos Urbanos.
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de que se trate se calculará con arreglo al presupuesto y proyecto aprobados por el órgano
competente. La cuota tributaria consistirá, según disponga la correspondiente ordenanza fiscal,
en:
a) La cantidad resultante de aplicar una tarifa
b) Una cantidad fija señalada al efecto, o
c) La cantidad resultante de la aplicación conjunta de ambos procedimientos”.
También hay que tener en cuenta que los acuerdos de la fijación de tasas para financiar total o
parcialmente de los servicios, deberán adoptarse a la vista de informes técnico-económicos en
los que se ponga de manifiesto el valor de mercado o la previsible cobertura del coste de
aquellos, respectivamente. Dicho informe se incorporará al expediente para la adopción del
correspondiente acuerdo. El objeto del informe es calcular la relación que guardan los costes
del servicio con los ingresos esperados mediante la exigencia de la tasa, verificándose de esta
forma que cumple con el límite de recaudación establecido por el artículo 24.2 de Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
La propuesta de la alcaldía de la modificación de la tarifa por la prestación del servicio de
recogida y tratamiento de la basura domiciliaria está condicionada por el precio de adjudicación
de dicho servicio a la empresa concesionaria UTE Trujillo, así como por el informe de los
servicios municipales de intervención acerca del coste de dicho servicio.
La tasa de recogida de residuos sólidos se estableció por última vez en el 2004, momento el
que no se aplicaba el tratamiento posterior y selección de dichos residuos, lo cual ha
incrementado, a fecha de 2009, la cantidad de 133.450,38€. A esto además hay que sumar el
impuesto de la Junta, 35.399,28 €, y los costes de la nueva adjudicación a la empresa
concesionaria UTE Trujillo (545.317,84 €). Todo ello suma un total de 714.167,50 €, lo cual ha
creado un importante desfase (306.054,79 €) entre dicho coste y la recaudación (408.112,21€).
(Se adjunta informe de intervención).
En cualquier caso, dadas las circunstancias, la tasa tributaria no va a cubrir la totalidad del
coste del servicio de recogida y tratamiento de basuras, pero el equilibrio económico del
presupuesto está asegurado con la previsión planteada.
CVE:
BOP-2021-5525
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de diciembre de 2021
N.º 0234
Pág. 23095
competente. La cuota tributaria consistirá, según disponga la correspondiente ordenanza fiscal,
en:
a) La cantidad resultante de aplicar una tarifa
b) Una cantidad fija señalada al efecto, o
c) La cantidad resultante de la aplicación conjunta de ambos procedimientos”.
También hay que tener en cuenta que los acuerdos de la fijación de tasas para financiar total o
parcialmente de los servicios, deberán adoptarse a la vista de informes técnico-económicos en
los que se ponga de manifiesto el valor de mercado o la previsible cobertura del coste de
aquellos, respectivamente. Dicho informe se incorporará al expediente para la adopción del
correspondiente acuerdo. El objeto del informe es calcular la relación que guardan los costes
del servicio con los ingresos esperados mediante la exigencia de la tasa, verificándose de esta
forma que cumple con el límite de recaudación establecido por el artículo 24.2 de Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
La propuesta de la alcaldía de la modificación de la tarifa por la prestación del servicio de
recogida y tratamiento de la basura domiciliaria está condicionada por el precio de adjudicación
de dicho servicio a la empresa concesionaria UTE Trujillo, así como por el informe de los
servicios municipales de intervención acerca del coste de dicho servicio.
La tasa de recogida de residuos sólidos se estableció por última vez en el 2004, momento el
que no se aplicaba el tratamiento posterior y selección de dichos residuos, lo cual ha
incrementado, a fecha de 2009, la cantidad de 133.450,38€. A esto además hay que sumar el
impuesto de la Junta, 35.399,28 €, y los costes de la nueva adjudicación a la empresa
concesionaria UTE Trujillo (545.317,84 €). Todo ello suma un total de 714.167,50 €, lo cual ha
creado un importante desfase (306.054,79 €) entre dicho coste y la recaudación (408.112,21€).
(Se adjunta informe de intervención).
En cualquier caso, dadas las circunstancias, la tasa tributaria no va a cubrir la totalidad del
coste del servicio de recogida y tratamiento de basuras, pero el equilibrio económico del
presupuesto está asegurado con la previsión planteada.
CVE:
BOP-2021-5525
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de diciembre de 2021
N.º 0234
Pág. 23095