Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino. (BOP-2021-5499)
BOP-2021-5499 Reglamento de Agrupación Municipal de Voluntarios/as de Protección Civil.
21 páginas totales
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Artículo 16. Seguros.
Los riesgos para la integridad física del/la voluntario/a estarán cubiertos por un seguro de
accidentes para aquellos que pudieran sufrir durante su actuación en las tareas
encomendadas, abarcando indemnizaciones por disminución física, invalidez temporal o
permanente, fallecimiento y asistencia médico-farmacéutica.
Los daños y perjuicios que pueda causar un/a componente de la Agrupación en sus
actuaciones estarán cubiertos por un seguro de responsabilidad civil.
La modalidad de las correspondientes pólizas de seguros y cuantías de las indemnizaciones
serán fijadas por el Ayuntamiento.
Se dará a la Agrupación el adecuado conocimiento sobre el contenido y características de las
pólizas de seguros.
Sección 2.ª: Deberes.
Artículo 17. Deberes generales.
Son deberes de todo/a voluntario/a miembro de la Agrupación.
1.-Cumplir estrictamente sus deberes reglamentarios y realizar todos los servicios que se le
soliciten salvo por una causa de fuerza mayor debidamente justificada; cooperar con su mayor
esfuerzo, interés, disciplina y espíritu social en cualquier misión de socorro, ayuda y rescate de
víctimas; de su evacuación, asistencia, vigilancia y protección de las personas y bienes, así
como en cualquier otra misión que le encomienden los mandos de la Agrupación o las
autoridades de quien dependa durante su actuación.
2.-Incorporarse con la mayor brevedad posible a su lugar de concentración en caso de ser
convocado/a.
3.-Poner en conocimiento de los mandos de la Agrupación o autoridades la existencia de
hechos que puedan suponer riesgos para las personas o los bienes.
4.- Identificarse, mostrando en su caso el carné reglamentario, cuando así sea requerido por
autoridad competente.
5.- Mantener en perfectas condiciones de uso el vestuario, material y equipo que pudiera serle
confiado, resultando de su cargo el resarcimiento de los daños que causara en los mismos
debido al mal trato o falta de cuidado. En caso de baja hará entrega de todos los efectos.
CVE:
BOP-2021-5499
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de diciembre de 2021
N.º 0234
Pág. 23038
Los riesgos para la integridad física del/la voluntario/a estarán cubiertos por un seguro de
accidentes para aquellos que pudieran sufrir durante su actuación en las tareas
encomendadas, abarcando indemnizaciones por disminución física, invalidez temporal o
permanente, fallecimiento y asistencia médico-farmacéutica.
Los daños y perjuicios que pueda causar un/a componente de la Agrupación en sus
actuaciones estarán cubiertos por un seguro de responsabilidad civil.
La modalidad de las correspondientes pólizas de seguros y cuantías de las indemnizaciones
serán fijadas por el Ayuntamiento.
Se dará a la Agrupación el adecuado conocimiento sobre el contenido y características de las
pólizas de seguros.
Sección 2.ª: Deberes.
Artículo 17. Deberes generales.
Son deberes de todo/a voluntario/a miembro de la Agrupación.
1.-Cumplir estrictamente sus deberes reglamentarios y realizar todos los servicios que se le
soliciten salvo por una causa de fuerza mayor debidamente justificada; cooperar con su mayor
esfuerzo, interés, disciplina y espíritu social en cualquier misión de socorro, ayuda y rescate de
víctimas; de su evacuación, asistencia, vigilancia y protección de las personas y bienes, así
como en cualquier otra misión que le encomienden los mandos de la Agrupación o las
autoridades de quien dependa durante su actuación.
2.-Incorporarse con la mayor brevedad posible a su lugar de concentración en caso de ser
convocado/a.
3.-Poner en conocimiento de los mandos de la Agrupación o autoridades la existencia de
hechos que puedan suponer riesgos para las personas o los bienes.
4.- Identificarse, mostrando en su caso el carné reglamentario, cuando así sea requerido por
autoridad competente.
5.- Mantener en perfectas condiciones de uso el vestuario, material y equipo que pudiera serle
confiado, resultando de su cargo el resarcimiento de los daños que causara en los mismos
debido al mal trato o falta de cuidado. En caso de baja hará entrega de todos los efectos.
CVE:
BOP-2021-5499
Verificable
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Viernes, 10 de diciembre de 2021
N.º 0234
Pág. 23038