Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino. (BOP-2021-5499)
BOP-2021-5499 Reglamento de Agrupación Municipal de Voluntarios/as de Protección Civil.
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CAPÍTULO III: DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS VOLUNTARIOS/AS
Sección 1.ª: Derechos
Artículo 12. Gratuidad.
La pertenencia de los/as voluntarios/as y colaboradores/as a la Agrupación será gratuita y
honorífica, sin derechos a reclamar al Ayuntamiento retribución ni premio alguno, salvo las
indemnizaciones por accidente que pudieran corresponderle de acuerdo con lo especificado en
el artículo 16.
Artículo 13. Vestuario y medios materiales.
El/la voluntario/a de Protección Civil tiene derecho a que el Ayuntamiento le proporcione
gratuitamente el vestuario y los medios materiales necesarios para el desarrollo de su
actividad.
Tanto unos como otros serán repuestos en las condiciones que se establezcan en las normas
internas del Servicio.
Artículo 14. Uso de vestuario y equipos.
El voluntario de Protección Civil tiene derecho a usar el vestuario y equipos de la Agrupación
en todos los actos públicos a que sean requeridos, siendo obligatorio su uso en casos de
intervención especial, siniestros o calamidades, a efectos de protección e identificación.
Artículo 15. Petición, participación, formación e información.
El/la voluntario/a de Protección Civil así mismo tiene derecho a elevar sus peticiones,
sugerencias y reclamaciones al/la Alcalde/sa o Concejal/a-Delegado/a a través de los mandos
de la Agrupación.
Participará activamente en la Agrupación y en el diseño, desarrollo y evaluación de los
programas en los que trabaje y recibirá la información y formación necesaria para el
desempeño de sus funciones como voluntario/a.
Dispondrá de un certificado de méritos donde se acrediten las labores prestadas y su historial
en la Agrupación Local, expedido por la Alcaldía, o en quien legalmente delegue. Así mismo
dispondrá de un carné identificativo de su condición de voluntario/a de Protección Civil del
Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino.
CVE:
BOP-2021-5499
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de diciembre de 2021
N.º 0234
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Sección 1.ª: Derechos
Artículo 12. Gratuidad.
La pertenencia de los/as voluntarios/as y colaboradores/as a la Agrupación será gratuita y
honorífica, sin derechos a reclamar al Ayuntamiento retribución ni premio alguno, salvo las
indemnizaciones por accidente que pudieran corresponderle de acuerdo con lo especificado en
el artículo 16.
Artículo 13. Vestuario y medios materiales.
El/la voluntario/a de Protección Civil tiene derecho a que el Ayuntamiento le proporcione
gratuitamente el vestuario y los medios materiales necesarios para el desarrollo de su
actividad.
Tanto unos como otros serán repuestos en las condiciones que se establezcan en las normas
internas del Servicio.
Artículo 14. Uso de vestuario y equipos.
El voluntario de Protección Civil tiene derecho a usar el vestuario y equipos de la Agrupación
en todos los actos públicos a que sean requeridos, siendo obligatorio su uso en casos de
intervención especial, siniestros o calamidades, a efectos de protección e identificación.
Artículo 15. Petición, participación, formación e información.
El/la voluntario/a de Protección Civil así mismo tiene derecho a elevar sus peticiones,
sugerencias y reclamaciones al/la Alcalde/sa o Concejal/a-Delegado/a a través de los mandos
de la Agrupación.
Participará activamente en la Agrupación y en el diseño, desarrollo y evaluación de los
programas en los que trabaje y recibirá la información y formación necesaria para el
desempeño de sus funciones como voluntario/a.
Dispondrá de un certificado de méritos donde se acrediten las labores prestadas y su historial
en la Agrupación Local, expedido por la Alcaldía, o en quien legalmente delegue. Así mismo
dispondrá de un carné identificativo de su condición de voluntario/a de Protección Civil del
Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino.
CVE:
BOP-2021-5499
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
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