Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino. (BOP-2021-5499)
BOP-2021-5499 Reglamento de Agrupación Municipal de Voluntarios/as de Protección Civil.
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2.- La constitución y actualización de la Agrupación de Voluntarios/as de Protección Civil
deberá ser aprobada por el/la Alcalde/sa o, en su caso, por el/la Concejal/a Delegado/a.
La adopción del acuerdo de creación y disolución de la Agrupación de Voluntarios/as de
Protección Civil corresponderá al Pleno del Ayuntamiento.
3.- Anualmente se propondrá la aprobación en Pleno, del listado de miembros de la Agrupación
de Voluntarios/as de Protección Civil del Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino.
Artículo 7. Naturaleza de la relación jurídica.
La vinculación de los voluntarios con el Ayuntamiento no tiene el carácter de relación laboral o
administrativa, sino tan solo de colaboración voluntaria para la prestación de servicios de modo
gratuito y altruista, como medio de realización de acciones humanitarias y de solidaridad social
que constituyen el fundamento de las relaciones de buena vecindad.
Artículo 8. Requisitos.
Para obtener la condición de voluntario/a de protección civil del Ayuntamiento de Aldeanueva
del Camino, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
a)Tener dieciocho años cumplidos en el momento de su incorporación a la Agrupación.
b) Tener una formación académica mínima de educación primaria.
c) No padecer enfermedad, ni defecto físico, psíquico o sensorial que impida ejercer
normalmente las funciones propias de su destino o puesto específico. En caso de
voluntarios/as mayores, con discapacidad o en situación de dependencia, el
consentimiento para su incorporación, la información y formación y las actividades que
se le encomienden, se deberán llevar a cabo en formatos adecuados y de acuerdo con
sus capacidades y circunstancias personales, siguiendo las pautas marcadas con los
principios de accesibilidad universal y diseño para todos, de manera que les resulten
accesibles, usables y comprensibles.
d) No tener antecedentes penales no cancelados por delitos de violencia doméstica o de
género, por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la
libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los/as hijos/as, o por delitos de
tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas.
e) Superar el período de formación básica, que se impartirá sobre los conocimientos
relacionados con las funciones de voluntario de Protección Civil y los Planes de
CVE:
BOP-2021-5499
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de diciembre de 2021
N.º 0234
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