Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2021-5493)
BOP-2021-5493 Bases para la provisión de un puesto de Jefatura de Servicio de Contratación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La Comisión resolverá por mayoría de votos de los miembros presentes todas las dudas que
surjan de la aplicación de las normas contenidas en esta resolución y determinará la actuación
procedente en los casos no previstos. Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados por los
interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.5 CLASIFICACIÓN DE LA COMISIÓN
La Comisión que actúe en esta prueba selectiva tendrá la categoría primera.
6. RESOLUCION DE LA CONVOCATORIA.
El plazo para la resolución del concurso será de seis meses contados desde el día siguiente al
de la finalización del plazo de presentación de instancias. Se hará pública en el Diario Oficial de
Extremadura. En el procedimiento de provisión del concurso únicamente podrá quedar desierto
cuando no concurran aspirantes que reúnan las condiciones y requisitos exigidos en la
convocatoria o, que en su caso, no superen la puntuación mínima exigida para resultar
adjudicatario de un puesto.
7. TOMA DE POSESION.
El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de 3 días hábiles si no implica
cambio de residencia del funcionario, o de 10 días hábiles si comporta cambio, que deberá
justificarse.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que
deberá efectuarse dentro de los 3 días hábiles siguientes al de la publicación de la Resolución
del concurso. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá computarse desde dicha publicación, y será de 3 días hábiles, a reserva de
que el reingreso comporte cambio de residencia, en cuyo caso será de 10 días.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciarán cuando finalicen las vacaciones, permisos o
licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas
excepcionalmente y debidamente motivadas por el órgano competente, se acuerde suspender
el disfrute de los mismos.
8. REMOCIÓN.
Los funcionarios que accedan a un puesto de trabajo por el procedimiento de concurso de
méritos, podrán ser removidos por causas sobrevenidas derivadas de una alteración en el
CVE:
BOP-2021-5493
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de diciembre de 2021
N.º 0233
Pág. 23006
surjan de la aplicación de las normas contenidas en esta resolución y determinará la actuación
procedente en los casos no previstos. Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados por los
interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.5 CLASIFICACIÓN DE LA COMISIÓN
La Comisión que actúe en esta prueba selectiva tendrá la categoría primera.
6. RESOLUCION DE LA CONVOCATORIA.
El plazo para la resolución del concurso será de seis meses contados desde el día siguiente al
de la finalización del plazo de presentación de instancias. Se hará pública en el Diario Oficial de
Extremadura. En el procedimiento de provisión del concurso únicamente podrá quedar desierto
cuando no concurran aspirantes que reúnan las condiciones y requisitos exigidos en la
convocatoria o, que en su caso, no superen la puntuación mínima exigida para resultar
adjudicatario de un puesto.
7. TOMA DE POSESION.
El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de 3 días hábiles si no implica
cambio de residencia del funcionario, o de 10 días hábiles si comporta cambio, que deberá
justificarse.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que
deberá efectuarse dentro de los 3 días hábiles siguientes al de la publicación de la Resolución
del concurso. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá computarse desde dicha publicación, y será de 3 días hábiles, a reserva de
que el reingreso comporte cambio de residencia, en cuyo caso será de 10 días.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciarán cuando finalicen las vacaciones, permisos o
licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas
excepcionalmente y debidamente motivadas por el órgano competente, se acuerde suspender
el disfrute de los mismos.
8. REMOCIÓN.
Los funcionarios que accedan a un puesto de trabajo por el procedimiento de concurso de
méritos, podrán ser removidos por causas sobrevenidas derivadas de una alteración en el
CVE:
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Verificable
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