Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2021-5433)
BOP-2021-5433 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de la tenencia y circulación de perros.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Ceclavín
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de la tenencia
y circulación de perros.
Habiéndose presentado sugerencias, alegaciones y/o reclamaciones durante el plazo de
exposición al público:
UNION DE CONSUMIDORES DE EXTREMADURA de fecha 19/10/2021 y número de
registro 2021-E-RC-2144. (Recomendación).
Habiendo sido estimadas totalmente las mismas por el pleno de la corporación en sesión
plenaria ordinaria de 30 de noviembre de 2021 y habiéndose llevado a cabo, en igual fecha, la
aprobación definitiva de la ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA Y
CIRCULACIÓN DE PERROS con las modificaciones realizadas, se hace público su texto
íntegro, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA Y CIRCULACIÓN DE PERROS.
ARTÍCULO 1. OBJETO.
La presente Ordenanza tiene por objeto regular las relaciones derivadas de la convivencia
entre las personas y los perros, tanto de compañía como los utilizados con fines deportivos,
guarda y lucrativos; conjugando tanto las molestias y daños que puedan ocasionar estos
animales, como las ventajas de su compañía, ayuda y satisfacciones deportivas y de recreo
que puedan reportar a las personas.
De este modo, se establece la normativa aplicable a la tenencia de perros para hacerla
compatible con la higiene, la salud pública y la seguridad de las personas y de los bienes.
Cuando se trate de perros de los considerados según la normativa de aplicación
potencialmente peligrosos, se especificará en el registro censal del Ayuntamiento la raza y
demás circunstancias que sean determinantes de la posible peligrosidad de estos animales.
Dentro del censo municipal canino se recogerá un apartado específico para este tipo de perros.
CVE:
BOP-2021-5433
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 3 de diciembre de 2021
N.º 0231
Pág. 22822
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Ceclavín
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de la tenencia
y circulación de perros.
Habiéndose presentado sugerencias, alegaciones y/o reclamaciones durante el plazo de
exposición al público:
UNION DE CONSUMIDORES DE EXTREMADURA de fecha 19/10/2021 y número de
registro 2021-E-RC-2144. (Recomendación).
Habiendo sido estimadas totalmente las mismas por el pleno de la corporación en sesión
plenaria ordinaria de 30 de noviembre de 2021 y habiéndose llevado a cabo, en igual fecha, la
aprobación definitiva de la ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA Y
CIRCULACIÓN DE PERROS con las modificaciones realizadas, se hace público su texto
íntegro, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA Y CIRCULACIÓN DE PERROS.
ARTÍCULO 1. OBJETO.
La presente Ordenanza tiene por objeto regular las relaciones derivadas de la convivencia
entre las personas y los perros, tanto de compañía como los utilizados con fines deportivos,
guarda y lucrativos; conjugando tanto las molestias y daños que puedan ocasionar estos
animales, como las ventajas de su compañía, ayuda y satisfacciones deportivas y de recreo
que puedan reportar a las personas.
De este modo, se establece la normativa aplicable a la tenencia de perros para hacerla
compatible con la higiene, la salud pública y la seguridad de las personas y de los bienes.
Cuando se trate de perros de los considerados según la normativa de aplicación
potencialmente peligrosos, se especificará en el registro censal del Ayuntamiento la raza y
demás circunstancias que sean determinantes de la posible peligrosidad de estos animales.
Dentro del censo municipal canino se recogerá un apartado específico para este tipo de perros.
CVE:
BOP-2021-5433
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 3 de diciembre de 2021
N.º 0231
Pág. 22822